Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales

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Buzón de Correos (Quino Al Unsplash)

El Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales, fue creado por la Ley 24/1998, de 13 de julio, de Regulación del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales.

Mediante Real Decreto 81/1999, de 22 de enero, se aprueba el Reglamento de desarrollo del Título II de la citada Ley, en lo relativo a las autorizaciones para prestación de servicios y al Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales.

Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales

Este Registro depende del Ministerio de Fomento (Subdirección General de Régimen Postal), su ámbito es nacional y los datos registrables serán de libre acceso para su consulta por los interesados que lo soliciten, siempre que quede garantizado lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/99 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Podrán establecerse y prestar servicios postales las personas físicas con la nacionalidad de un Estado miembro. O cualquier persona jurídica de las contempladas en el artículo 48 del Tratado y establecida en un Estado miembro. O con otra nacionalidad cuando así esté previsto en los convenios o acuerdos internacionales en los que sea parte el Estado español.

En todo caso el operador que solicite la autorización deberá disponer de al menos, un establecimiento en territorio español, comunicando, al Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales, la dirección postal y persona de contacto de aquel que se utilice a efecto de comunicaciones.

Trámites

Los interesados en prestar un servicio postal no incluido en el ámbito del servicio postal universal, deberán presentar al Registro General, con carácter previo al inicio de la actividad, una declaración responsable.

En ella debe constar expresamente:

  • que cumplen los requisitos establecidos en la normativa postal vigente;
  • que disponen de los documentos que así lo acreditan;
  • el compromiso a mantener los requisitos establecidos durante la vigencia de la actividad;
  • comunicar al Registro General cualquier cambio que se produzca en los mismos;
  • el compromiso de aportar toda la información necesaria para delimitar claramente el servicio correspondiente.

La presentación de la declaración responsable habilita para el desarrollo de la actividad de que se trate en todo el territorio español.

Funciones del Registro

El cometido fundamental del Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales es:

-La concesión de autorizaciones administrativas Generales o singulares.

-La modificación de los datos inscritos relativos a las autorizaciones anteriores, así como los derivados de la actualización periódica de las inscripciones.

-El otorgamiento de las correspondientes certificaciones registrales.

-La cancelación de las inscripciones practicadas, de oficio o por cese de las actividades.

Medios de Contacto

El Registro General de Empresas de Servicios Postales se encuentra ubicado en:

Ministerio de Fomento
Paseo de la Castellana, nº 67
28071 MADRID

[email protected]
Fax: 91 597 85 93
Teléfonos: 91 597 72 72, 91 597 73 25

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

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