La normativa de circulación y la de seguros (y el sentido común), dicen que el conductor que causare algún daño a cualquier vehículo estacionado sin conductor vendrá obligado a advertir al propietario del daño causado, facilitando su identidad.
Si dicha localización no resultara posible, deberá comunicarlo al agente de la autoridad más próximo o, en su defecto, a persona que pueda advertir al propietario del vehículo dañado.