Obligaciones de los servicios de lavado de vehículos en gasolineras

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Gasolinera Cepsa Carrefour Express

«Obligaciones de los servicios de lavado de vehículos en gasolineras». Fecha publicación: 2 marzo 2010. Última actualización: 2 marzo 2022.

Los servicios de lavado de coches en gasolineras tienen una serie de obligaciones de información a los usuarios.

Qué dice la normativa

La normativa que regula las estaciones de servicio indica que las gasolineras que dispongan de servicio de lavado de vehículos automóviles, deberán disponer de carteles anunciadores en el acceso al lavadero indicando instrucciones de funcionamiento, tarifas, horarios. Y ello con independencia de la titularidad del mismo.

Obligación de dar factura

La persona que efectúe el cobro del servicio de lavado está obligada a extender y entregar factura o justificante acreditativo a favor del usuario que lo solicite expresamente.

La factura deberá incluir la denominación social, domicilio, código de identificación fiscal de la persona física o jurídica prestadora del servicio. También el número, tipo de servicio de lavado prestado, importe total IVA incluido, lugar y fecha de la emisión. Y la firma o sello del prestador del servicio junto con la matrícula del vehículo, siempre que lo requiera el usuario.

En el supuesto de que el servicio de lavado se efectúe en régimen de autoservicio, se expedirá y entregará el documento previsto en el apartado anterior, sin necesidad de que sea solicitado expresamente por el consumidor y usuario.

Normativa que regula las estaciones de servicio

La actividad de las gasolineras se regula en España por normativa estatal y autonómica. Las principales normas estatales son estas (aquí todas las normas estatales y autonómicas):

  • Decreto 147/1998, de 27 de agosto de protección de los derechos de los consumidores y usuarios en el suministro de gasolinas y gasóleos de automoción en instalaciones de venta al público (ver online).
  • Real Decreto 1905/1995, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la distribución al por menor de carburantes y combustibles petrolíferos en instalaciones de venta al público y se desarrolla la disposición adicional primera de la Ley 34/1992. de 22 de diciembre, de ordenación del sector petrolero.

Consulta aquí todo lo publicado sobre gasolineras en Consumoteca hasta la fecha.

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

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Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

Esta entrada tiene 5 comentarios

  1. Jose

    Hola, ¿es legal que en un lavadero de pistola a presion, no haya jabon en el programa «lavado»?
    Me llama la atencion que habiendo otro programa llamado «aclarado», el cual se entiende que es solo agua, no saliese jabon en el programa «lavado», y el personal de la estacion de servicio insistiese en que «es que funciona asi». Vamos que tienes dos programas de aclarado, y ninguno de lavado pero cobras por este último… Curioso cuanto menos, pero, ¿legal? Gracias.

    1. Consumoteca

      Hola Jose

      No sé si es legal o no (la normativa no entra en ese nivel de detalle) pero es irregular, efectivamente, que te pongan dos programas (y te los cobren o te los ofrezcan aparentemente) sin que uno de los dos funcione o lo haga deficientemente sin jabón o lo que sea.

      Lo suyo es reclamar en el propio establecimiento (a mí si alguna vez no ha salido el jabón han abierto la máquina para rellenar el depósito de jabón) y si no te hacen caso poner una reclamación en Consumo, bien a través de la hoja de reclamaciones del lavadero de coches, bien ante la OMIC de la población donde esté el negocio.

      Un saludo

  2. Marian

    Si tengo un accidente en la zona de lavado de coches mientras limpio mi coche, ¿la gasolinera tiene que pagar una indemnización al accidentado por no señalizar el riesgo de caída?

  3. Beatriz

    Voy a lavar el coche y me sale el aspersor volando y me daña el vehículo se pude denunciar se excusan que había un cartel Claro no a la vista si no más abajo donde pone que cojas es aspersor pero no da tiempo

    1. Consumoteca

      Hola Beatriz

      Se puede reclamar, ya que seguro que se puede regular la presión y la mayoría de estos sistemas funcionan cuando se tiene en la mano la «pistola» de agua y se pulsa y mantiene pulsado el gatillo del agua.

      Lo único que lo más recomendable es hacerlo en los Juzgados ya que Consumo es terriblemente lento. Pero sería muy recomendable dejar constancia en la gasolinera o centro de lavado de lo sucedido, con una reclamación escrita y reportaje fotográfico e incluso vídeo de cómo sale el agua a presión nada más echar la moneda (si hemos entendido bien).

      Un saludo

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