Cómo redactar un contrato de compraventa

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Contrato

La entrada «Cómo redactar un contrato de compraventa» se publicó por primera vez el 4 de enero de 2018 y ha sido actualizada el 25 de enero de 2023.

Qué es un contrato

Un contrato es un acuerdo, generalmente escrito, por el que dos o más partes se comprometen recíprocamente a respetar y cumplir una serie de condiciones. Visto de otra manera, un contrato es la formalización de una negociación. Es la plasmación de una negociación en forma de acuerdo entre dos partes.

Desde el punto de vista de la formalización, un contrato es el documento en el que queda plasmado el acuerdo de dos partes. Aunque, ojo, porque un contrato puede plasmarse en mucho más que un documento firmado.

Cada día, desde que te levantas cierras decenas de contratos, y tú sin saberlo. Por ejemplo, cuando compras el pan, pides un café con churros o utilizas tu bono bus, estás cerrando contratos de compra o de transporte. La diferencia es que en estos no hay apenas formalidad alguna. Basta tu orden al camarero o la validación del bono bus para contratar y comprometerte.

También cuando entras en un parking público estás firmando un contrato con su propietario por el que, a cambio de un precio, tú dejas tu coche bajo su custodia (por mucho que el propietario del parking se exima de cualquier responsabilidad en caso de robo o daños en tu coche dentro de su recinto).

Partes de un contrato

En Derecho Civil se estudian los contratos.

El Código Civil, heredado de los romanos, dice en su artículo 1.254 que «el contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio«.

Un contrato tiene básicamente estos  elementos para que tenga validez: partes contratantes, consentimiento, objeto, causa y precio.

Partes contratantes

Al menos dos partes contratantes: el comprador y el vendedor, el arrendador y el arrendatario, el depositante y depositario, el prestamista y el prestatario, etc. Las dos partes tienen que tener capacidad legal para contratar.

En este sentido, ninguna persona puede contratar a nombre de otra sin estar por ésta autorizada o sin que tenga por la ley su representación legal. El contrato hecho de esta forma es considerado nulo.

De la misma forma, los menores de edad no emancipados (salvo en contratos que las leyes les permitan realizar por sí mismos) y las personas con su capacidad modificada judicialmente no pueden contratar (por ejemplo una persona mayor con Alzheimer).

Consentimiento

El consentimiento de las partes de querer contratar. Es decir, tiene que haber voluntad de vender por el vendedor y de comprar por el comprador.

Este consentimiento debe ser prestado libremente por las partes intervinientes en las que concurre la voluntad de una de ellas de vender, alquilar, prestar un servicio, y de la otra de adquirir, comprar, alquilar, utilizar, etc.

Si el consentimiento no es libre, será considerado nulo. Es nulo el consentimiento viciado, por haber sido prestado por error, con violencia o intimidación, o dolo, o por sujeto ajeno al objeto del contrato. Por tanto, en un contrato será válido y eficaz cuando no haya vicios del consentimiento (error, violencia, intimidación o dolo).

Objeto del contrato

Pueden ser objeto de contratos todas las cosas y servicios que no estén fuera del comercio de los hombres y que no sean contrarios a las leyes, a la moral, a las buenas costumbres o al orden público.

No podrán ser objeto de contrato las cosas o servicios imposibles.

Causa del contrato

La causa es el motivo que lleva a las partes a celebrar el contrato. La causa es la razón de ser del contrato y debe ser ser existente, verdadera y lícita. Por ejemplo, el alquiler de un piso, la compra de un móvil por Wallapop, etc.

Requisitos de un contrato

Lo más importante cuando se contrata es que los pactos, cláusulas y condiciones que se acuerden (su objeto) no sean contrarios a las leyes, a la moral, ni al orden público, como hemos visto.

Los contratos son exigibles desde el momento en que existe consentimiento (su firma, su aceptación verbal o gestual), y desde entonces obligan, no sólo al cumplimiento de lo pactado en ellos, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley.

Los contratos serán obligatorios, cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado, siempre que en ellos concurran las condiciones esenciales para su validez.

Cómo hacer un contrato de compraventa

Veamos ahora cómo se redacta un contrato entre dos partes para que sea válido, equitativo y legal. Y lo vamos a hacer mediante el análisis y redacción de un contrato de compraventa de un coche de segunda mano, y de un contrato de compra en Wallapop cuando nosotros somos el comprador.

Contrato de compraventa de un coche de segunda mano

Si vas a comprar un coche de segunda mano, te interesa como comprador, tener garantías de que lo que compras no tendrá vicios ocultos ni te dará problemas legales (papeles que no están en regla, cargas o gravámenes sobre el auto, etc.).

Por ello, lo esencial que debe incluir el contrato es:

  • Identificación del vendedor y de la cosa que se venderá (marca, modelo, color, matrícula, número de bastidor y año de matriculación) y del comprador.
  • Declaración firmada por el vendedor de que es el propietario del coche citado por medio de la documentación del coche y de que se está al corriente de los impuestos y que el coche circula debidamente asegurado. En un coche estamos hablando de la siguiente documentación: a) permiso de circulación a nombre del vendedor (DGT), Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (Ministerio de Industria), Impuesto de vehículos de tracción mecánica del año corriente y Seguro del coche en vigor.
  • Declaración solemne por el vendedor de que es el único propietario que ha tenido (por ejemplo) y que el coche no tiene cargas ni gravámenes del propietario actual ni de anteriores ni está embargado. Para esto es recomendable pedir un informe completo de titularidad del automóvil en tráfico (DGT) o a través de una gestoría. Este informe es esencial para ver el historial del coche, sus embargos, denuncias sobre el vehículo, si ha tenido más de un dueño, etc.
  • Declaración escrita del vendedor de que el coche no tiene golpes, accidentes, averías o trucajes.
  • Precio, forma de pago y obligación de entrega a cambio de la documentación, juegos de llaves, libro de mantenimiento, etc.
  • Garantía que las partes acuerdan que el vendedor dé al comprador.

Con estos elementos, empezaremos por identificar a las partes, describir para qué se reúnen, la cosa que se transfiere, el precio convenido, y la garantía que el vendedor da al comprador.

Cómo quedaría el contrato

Y el contrato quedaría redactado así:

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE AUTOMÓVIL DE OCASIÓN

REUNIDOS

De una parte, D. —————– con NIF ———-, y domicilio en [Ciudad y Provincia], C/ [Calle], en adelante el vendedor (se adjunta como anexo 1 fotocopia del DNI)

De otra parte D. ————– con NIF ——————– y domicilio en, [Ciudad y Provincia], [Calle], en adelante el comprador

Ambos declaran ser mayores de edad y contar con capacidad plena para contratar para lo que adoptan los siguientes

ACUERDOS

1.-El vendedor declara ser propietario del vehículo automóvil, marca [marca], modelo [modelo], matrícula [matrícula], con fecha de primera matriculación el [día, mes y año], y número de bastidor [nº de bastidor] (se adjuntan como anexo 2 a este contrato fotocopias del Permiso de circulación y de la Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos).

2.-El vendedor declara que en el momento de la entrega del mismo el vehículo objeto de la transmisión está libre de cualquier carga o gravamen, que cumple con la normativa española de homologación técnica, y que está en orden y dispone de recibo acreditativo del pago del Impuesto Municipal de Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de [Ayuntamiento] para el año en vigor y anteriores (ver fotocopia de este documento de [año en vigor] en el anexo 3).

3.-El vendedor declara que en el momento de la entrega del mismo, el vehículo objeto de la transmisión está en perfectas condiciones de uso, no habiendo sufrido trucajes y/o accidentes graves de relevancia que, no estando a la vista ni pudiéndose conocer por el comprador, afectaran al chasis del vehículo o cualquiera de sus partes esenciales, ni anomalías en su funcionamiento más que las propias de su kilometraje, que en la actualidad es de [kilómetros actuales]. El vendedor conoce lo estipulado en Derecho sobre la garantía que extiende al comprador del vehículo por esta compraventa.

4.-Las partes acuerdan fijar el valor de compra-venta del vehículo en cuestión, en [importe en letra] euros ([importe en número] €) que serán desembolsados en un único acto, contra la entrega del vehículo conforme a la condición 6 siguiente.

5.-El comprador se obliga a atender en lo sucesivo los impuestos, tasas, gravámenes y tributos locales que recaigan sobre el vehículo así como al aseguramiento legal del vehículo una vez firmado el contrato y producida la transferencia de la propiedad.

6.-Con la entrega del vehículo el vendedor acompañará, además de la documentación original necesaria para realizar la transferencia, dos juegos de llaves del vehículo, el libro de revisiones original y el original del recibo del Impuesto Municipal de Vehículos de Tracción Mecánica del año en curso así como [detalle de otras cosas o accesorios que se entreguen con la compraventa].

Y para que conste a todos los efectos probatorios ante quien sea oportuno y a efectos documentales, las partes, habiendo leído y aceptado el contenido íntegro de este contrato de compra-venta, lo rubrican por duplicado junto con sus anexos en [ciudad], a fecha de [día, mes y año].

EL VENDEDOR                                                                            EL COMPRADOR

[Nombre y firma]                                                                         [Nombre y firma]

Compra en Wallapop de artículo de valor

Si ahora quisieras comprar un móvil de segunda mano, puedes utilizar exactamente la misma plantilla y en el mismo orden que para el coche de ocasión:

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE MÓVIL DE OCASIÓN

REUNIDOS

De una parte, D. —————– con NIF ———-, y domicilio en [Ciudad y Provincia], C/ [Calle], en adelante el vendedor (se adjunta como anexo 1 fotocopia del DNI)

De otra parte D. ————– con NIF ——————– y domicilio en, [Ciudad y Provincia], [Calle], en adelante el comprador

Ambos declaran ser mayores de edad y contar con capacidad plena para contratar para lo que adoptan los siguientes

ACUERDOS

1.-El vendedor declara ser propietario del teléfono móvil, marca [marca], modelo [modelo] con IMEI [IMEI], comprado nuevo en fecha [día, mes y año](se adjunta como anexo 2 a este contrato fotocopias de la factura de compra del móvil nuevo).

2.-El vendedor declara que en el momento de la entrega del mismo el móvil objeto de la transmisión está libre de cualquier carga o gravamen, que cumple con la normativa española de homologación técnica, y que está en perfectas condiciones de uso, no habiendo sufrido caídas, reparaciones o modificaciones que, no estando a la vista ni pudiéndose conocer por el comprador, afectaran a su cuerpo, pantalla o cualquiera de sus partes esenciales, ni anomalías en su funcionamiento más que las propias de sus meses de uso que en la actualidad son [meses desde que se compró]. El vendedor conoce lo estipulado en Derecho sobre la garantía que extiende al comprador del móvil por esta compraventa.

4.-Las partes acuerdan fijar el valor de compra-venta del móvil en cuestión, en [importe en letra] euros ([importe en número] €) que serán desembolsados en un único acto, contra la entrega del móvil conforme a la condición siguiente.

5.-Con la entrega del móvil el vendedor acompañará la caja original y los accesorios auriculares y cargador completo [detalle de otras cosas o accesorios que se entreguen con la compraventa].

Y para que conste a todos los efectos probatorios ante quien sea oportuno y a efectos documentales, las partes, habiendo leído y aceptado el contenido íntegro de este contrato de compra-venta, lo rubrican por duplicado junto con sus anexos en [ciudad], a fecha de [día, mes y año].

EL VENDEDOR                                                                            EL COMPRADOR

[Nombre y firma]                                                                         [Nombre y firma]

Cláusulas abusivas

La Ley considera cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones (de un contrato) no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato.

Tienen la consideración de cláusulas abusivas:

1. Las declaraciones de recepción o conformidad sobre hechos ficticios, y las declaraciones de adhesión del consumidor y usuario a cláusulas de las cuales no ha tenido la oportunidad de tomar conocimiento real antes de la celebración del contrato.

2. La transmisión al consumidor y usuario de las consecuencias económicas de errores administrativos o de gestión que no le sean imputables.

3. La imposición al consumidor de los gastos de documentación y tramitación que por ley corresponda al empresario.

En particular, en la compraventa de viviendas:

  • La estipulación de que el consumidor ha de cargar con los gastos derivados de la preparación de la titulación que por su naturaleza correspondan al empresario (obra nueva, propiedad horizontal, hipotecas para financiar su construcción o su división y cancelación).
  • La estipulación que obligue al consumidor a subrogarse en la hipoteca del empresario o imponga penalizaciones en los supuestos de no subrogación.
  • La estipulación que imponga al consumidor el pago de tributos en los que el sujeto pasivo es el empresario.
  • La estipulación que imponga al consumidor los gastos derivados del establecimiento de los accesos a los suministros generales de la vivienda, cuando ésta deba ser entregada en condiciones de habitabilidad.

4. La imposición al consumidor y usuario de bienes y servicios complementarios o accesorios no solicitados.

5. Los incrementos de precio por servicios accesorios, financiación, aplazamientos, recargos, indemnización o penalizaciones que no correspondan a prestaciones adicionales susceptibles de ser aceptados o rechazados en cada caso expresados con la debida claridad o separación.

6. La negativa expresa al cumplimiento de las obligaciones o prestaciones propias del empresario, con reenvío automático a procedimientos administrativos o judiciales de reclamación.

7. La imposición de condiciones de crédito que para los descubiertos en cuenta corriente superen los límites legales (artículo 19.4 de la Ley 7/1995, de 23 de marzo, de Crédito al Consumo).

8. La previsión de pactos de renuncia o transacción respecto al derecho del consumidor y usuario a la elección de fedatario competente según la ley para autorizar el documento público en que inicial o ulteriormente haya de formalizarse el contrato.

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

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