Junta Arbitral de Transporte Terrestre

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En este post te explicamos qué es una Junta Arbitral de Transporte Terrestre.

Qué es una Junta Arbitral de Transporte Terrestre

Las Juntas Arbitrales de Transporte Terrestre son órganos de resolución de conflictos entre empresas de transporte y sus usuarios por la vía extrajudicial.

Su funcionamiento es similar al de las Juntas Arbitrales de Consumo, pero debido a la complejidad del sector de transportes por carretera, se ha desarrollado este sistema específico.

Además es una institución dependiente del Ministerio de Transporte y las Consejerías de Transporte autonómicas, más que del Ministerio de Consumo (o Sanidad y Consumo según el Gobierno de turno) y las Consejerías de Economía de las CCAA.

De quién dependen

Las Juntas dependen de la Dirección General de Transportes Terrestres de cada Comunidad autónoma.

Misión

Su misión es resolver las reclamaciones de los usuarios de contenido económico contra las siguientes empresas y modalidades de transporte terrestre (carretera, ferrocarril y cable):

  • Transportes Urbanos (autobús, taxi, tranvía, funicular, etc.).
  • Transportes Interurbanos (autocar, taxi, ferrocarril, etc.).
  • Transporte de mercancías (carga completa, fraccionada, etc.).
  • Transporte de viajeros por carretera (regular, discrecional, turístico, alquiler de vehículos, etc.).

Cómo reclamar

La reclamación se presenta, a elección del reclamante, en la Junta Arbitral autónomia del lugar de origen o destino del transporte o de celebración del contrato, salvo que se hubiera pactado de forma expresa al suscribir el contrato la sumisión a una Junta concreta.

Normalmente será en la Junta de Transportes de la Comunidad autónoma del usuario reclamante (si salió o volvió a su domicilio).

En caso de un servicio contratado online en la web del transportista por un consumidor o usuario, la normativa de protección del consumidor fija el lugar de celebración del arbitraje de transportes es el domicilio de éste.

Si se ha celebrado entre dos empresas, el lugar de celebración será el domicilio de la empresa que haya prestado el servicio de transporte de que se trate.

Límites del arbitraje de transportes

Este arbitraje es un procedimiento sencillo donde se pueden resolver reclamaciones cuya cuantía no exceda de 15.000 euros, salvo que alguna de las partes intervinientes en el contrato de transporte manifieste expresamente a la otra, con anterioridad al inicio del transporte, su deseo de no someterse a arbitraje.

Más información en:

Normativa reguladora

La normativa que regula las Juntas Arbitrales de Transporte Terrestre es estatal y autonómica. Aquí puedes verla toda.

Normativa estatal

  • Orden FOM/3386/2010, de 20 de diciembre, por la que se establecen normas para la realización por las Juntas Arbitrales del Transporte de funciones de depósito y enajenación de mercancías (BOE del 31 de diciembre).
  • El Reglamento de esta Ley, aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, artículos del 6 al 12, (BOE del 8 de octubre).
  • La Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, artículos 37 y 38, (BOE del 31 de julio), modificada por la Ley 29/2003, de 8 de octubre.

Desarrollos autonómicos

Belén

Soy Licenciada en Derecho con una especialización en los asuntos de consumo habiendo prestado mis servicios como asesora de una asociación de consumidores y para una OMIC. Este proyecto me parece interesante para las profesionales como nosotras, especialmente porque permite a todo el que quiera colaborar aportar su conocimiento.

Esta entrada tiene 2 comentarios

  1. Rocio

    Hola puse una hoja de reclamaciones a una empresa de paquetería por negarse a subir a domicilio cuando la compra es con entrega en el.
    Me han respondido de la junta arbitraria diciendo que solicite la cuantía económica, la cosa es que yo pensaba que la respuesta sería si está obligada o no a subirlo ya que es por el motivo que la puse y lo que busco. Es la primera vez que pongo una hoja de reclamaciones. Hice algo mal? O al ponerla solo es para conseguir una compensación económica? Gracias

    1. Consumoteca

      En la hoja de reclamaciones puedes denunciar a Consumo una mala práctica (aunque por subir o no subir a tu casa, no creo que Consumo pueda sancionar a la empresa, pero puede abrirle una inspección para ver si cumple en general con la normativa de Consumo.

      Dentro de la hoja hay un apartado opcional donde se puede, además, solicitar la celebración de un arbitraje de consumo (arbitraje de transporte en este caso al tratarse una reclamación de un envío). Este medio sirve para reclamar una compensación económica.

      Tú decides si quieres reclamar algún tipo de compensación (siempre que sea proporcional al daño o perjuicio causado) o si renuncias a esta parte de la reclamación.

      Un saludo

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