Qué es el divorcio express

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Pareja triste

Ante una ruptura matrimonial, existen dos vías diferentes para disolver el matrimonio: el divorcio contencioso y el divorcio express o de mutuo acuerdo. El procedimiento del divorcio express o de mutuo acuerdo es más ágil y económico, en comparación con la vía contenciosa de divorcio. A continuación, te explicamos qué es y qué requisitos se deben cumplir para acceder al divorcio express.

¿En qué consiste el divorcio express?

El divorcio express se introdujo en la Ley 15/2005, de 8 de julio, a través de la cual se estableció la novedad de acudir a un procedimiento de disolución matrimonial sin necesidad de una separación previa y sin tener que declarar ninguna causa concreta.

Esta vía de divorcio es más rápida y supone un importante ahorro para los cónyuges, puesto que, permite utilizar el mismo abogado y procurador para ambos cónyuges y se evitan la celebración de juicios.

No obstante, para acceder a este procedimiento se deben cumplir previamente unos requisitos.

¿Cuáles son los requisitos del divorcio express?

Para solicitar el divorcio express es necesario que concurran los siguientes requisitos:

  1. Es obligatorio que exista mutuo acuerdo entre los cónyuges tanto en el divorcio como en las medidas que se van a adoptar tras la disolución del vínculo matrimonial.
  2. Desde la celebración del matrimonio tienen que haber pasado 3 meses o más.
  3. Al menos uno de los cónyuges debe residir en España.
  4. Los cónyuges tendrán que redactar un convenio regulador de común acuerdo sobre las cuestiones relativas al divorcio como la guarda y custodia de los hijos, la pensión alimenticia, el régimen de visitas o la pensión compensatoria, entre otras.

Siempre que se cumplan los requisitos establecidos, es recomendable acceder a esta vía rápida de divorcio y contar con el asesoramiento de un abogado.

Divorcio Express o ante Notario

El concepto de “divorcio express” se encuentra en nuestra legislación desde la entrada en vigor de la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria, que posibilita a los notarios la facultad de divorciar.

Antes de la Ley 15/2015, de 2 de Julio, de Jurisdicción Voluntaria, los cónyuges que querían divorciarse debían hacerlo en los Juzgados de Familia con la consecuencia de que el procedimiento se dilataba en torno a tres y hasta ocho meses. El divorcio constituido en notaria acorta los plazos de manera considerable.

¿Qué requisitos son necesarios para acceder a dicha vía?

Para poder acceder al Divorcio express resulta necesario cumplir tres requisitos:

  • Que se constituya como divorcio de mutuo acuerdo entre las partes.
  • Que hayan trascurrido tres meses desde la celebración del matrimonio.
  • Que no concurran hijos menores de edad o con la capacidad modificada judicialmente.
  • Que la mujer no se halle embarazada en el momento de pretender el divorcio.

Sin la cumplimentación de estos requisitos, el divorcio debe realizarse en sede judicial.

¿Cómo se efectúa el trámite?

Los cónyuges deben asistir acompañados de abogado a la notaria y presentarán el convenio regulador, documento en el que los cónyuges acuerdan las consecuencias personales y patrimoniales de una separación o divorcio, que una vez que se aprueba se incorpora a una escritura de divorcio. 

El notario entregará a los cónyuges la escritura de divorcio y notificará al registro civil el nuevo estado civil de los cónyuges.

La documentación que resulta necesaria para poder llevar a efecto el divorcio express es la siguiente:

  • Certificado de matrimonio.

  • Libro de familia para acreditar que no existen hijos menores de edad.

  • Certificado de empadronamiento de uno de los cónyuges para determinar a qué notario se acude si al del último domicilio común o al del domicilio o residencia habitual de cualquiera de los solicitantes.

  • Convenio regulador.

En la actualidad el divorcio ante notario es una opción muy atractiva ya que permite la agilidad en los trámites.

Diferencias respecto al divorcio de mutuo acuerdo

El divorcio de mutuo acuerdo viene introducida en la Ley 15/2005, de 8 de julio, por medio de la cual se constituye la novedad de acudir a un procedimiento de disolución matrimonial sin la necesidad de separarse previamente y sin manifestar ninguna causa.

Este procedimiento supone plazos más breves y además a los cónyuges les permite ahorrar, ya que, el mismo abogado y procurador los pueden representar.

Para permitir la continuación de dicho procedimiento es necesario la cumplimentación de unos requisitos:

  1. Resulta preceptivo la condición de mutuo acuerdo entre los cónyuges tanto en el divorcio como en las medidas que se van a recoger tras la disolución de culo matrimonial.
  1. Que hayan trascurrido tres meses desde la celebración del matrimonio.

  2. Al menos uno de los cónyuges debe radicar en España.

  3. Los cónyuges deberán redactar un convenio regulador sobre los aspectos relativos al divorcio como la guarda y custodiade los hijos menores, la pensión alimenticia, el régimen de visitas o la pensión compensatoria, así como la liquidación del régimen económico matrimonial, entre otras.

Se recomienda adoptar este procedimiento una vez cumplidos los requisitos para alcanzar el beneficio de todas las partes y si hay menores en el matrimonio, en beneficio del interés y del mejor correcto desarrollo de los mismos.

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

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