Espectáculos públicos prohibidos por ley

En este momento estás viendo Espectáculos públicos prohibidos por ley
Discoteca ocio (Dominik Mecko Unsplash)

Legalmente*, un espectáculo público es todo acontecimiento organizado con el fin de congregar a quienes acuden para presenciar una actuación, representación, exhibición o proyección de naturaleza artística, cultural o deportiva ofrecida por un empresario, por actores, por artistas o cualesquiera otros ejecutantes. En este post hablamos de los espectáculos públicos prohibidos en Castilla-La Mancha.

En España, las Comunidades Autónomas tienen plenas competencias en la ordenación de los espectáculos públicos y actividades recreativas que se realicen en su territorio.

En los últimos años, además de proteger los intereses de los usuarios que atienden a estos espectáculos, vienen protegiendo los intereses indirectos de varios colectivos relacionados.

Hablamos de los trabajadores de los mismos, de los de los usuarios que no atienden a estas congregaciones (ruidos, molestias, suciedad, etc.) y los del medioambiente y del patrimonio, de manera que estas masificaciones sean respetuosas con todo y con todos durante su celebración y una vez concluidas.

Prohibiciones

Las normas autonómicas más recientes como la de Castilla-La Mancha, establecen una serie de prohibiciones de hacer en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.

Son estas:

Espectáculos públicos y actividades recreativas que sean constitutivas de delito.

-Las que inciten o fomenten la violencia, el racismo, la xenofobia y cualquier otra forma de discriminación o atenten contra la dignidad humana.

-Las que supongan un incumplimiento sobre la normativa de protección de animales.

-Los festejos taurinos que no se realicen de conformidad con su normativa específica.

-Los eventos deportivos, turísticos y de juego que se desarrollen sin observar lo establecido en la normativa reguladora de tales actividades.

Además, el consumo de bebidas alcohólicas al aire libre en reuniones de grupo, queda prohibido en las localidades cuyo Ayuntamiento expresamente así lo determine. O cuando se desarrolle al margen de la regulación municipal específica.

Normativa relacionada

  • Ley 7/2011, de 21 de marzo, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Castilla-La Mancha (DOCM de 31 de marzo de 2011).

Eva Tamames

Soy una abogado con ejercicio en Madrid con muchos años de experiencia en el derecho de recuperaciones. He trabajado para varios de los más grandes bancos de este país, en su área de recuperaciones. En la actualidad ejerzo la abogacía en el ámbito de la violencia de género. Creo que Consumoteca es un proyecto participativo que tiene que ocupar un gran vacío entre la información de las empresas por un lado, y la de las asociaciones e instituciones de consumo. En medio no hay nada, y mucho menos, nada que sea participativo, terreno que están ocupando Blogs y contenidos poco elaborados de baja factura.

Deja una respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.