Beneficios de las familias numerosas en vivienda

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Familia numerosa (Irina Murza Unsplash)

En este post repasamos los beneficios de las familias numerosas en materia de vivienda.

Se entiende por familia numerosa la integrada por uno o dos ascendientes con tres o más hijos, sean o no comunes y otros supuestos previstos por ley.

Las clases de beneficios que se otorgan a las familias numerosas podemos clasificarlos en: beneficios sociales, beneficios en materia de actividades y servicios públicos o de interés general, beneficios en vivienda (los explicamos aquí) y beneficios tributarios/fiscales.

Beneficios generales en vivienda

La Administración General del Estado, en el ámbito de sus competencias, deberá garantizar a las familias numerosas beneficios en relación con el acceso a la vivienda habitual en las siguientes materias:

a) Mejora de las condiciones para acceder a las ayudas financieras para las viviendas mediante el establecimiento de un coeficiente multiplicativo corrector de los ingresos familiares, específicamente aplicable a las familias numerosas.

b) Establecimiento de condiciones especiales a la subsidiación de préstamos convenidos y demás ayudas directas de carácter especial previstas para la promoción y adquisición de viviendas protegidas o usadas.

c) Facilidades para el cambio a otra vivienda protegida o usada de mayor superficie, cuando se produzca la ampliación del número de miembros de la familia numerosa.

d) Facilidades para la adaptación de la actual vivienda o el cambio a otra vivienda que cumpla las condiciones de accesibilidad adecuadas a la discapacidad sobrevenida que afecte a un miembro de una familia numerosa cuando la actual no las reúna.

 e) Acceso preferente para las familias numerosas que formalicen un contrato de arrendamiento a las subvenciones al alquiler previstas en el Plan Estatal de Vivienda, siempre que cumplan los requisitos exigidos para poder acceder a éstas.

f) Establecimiento, en su caso, de una superficie útil superior a la máxima prevista para las viviendas sujetas a regímenes de protección pública, cuando sean destinadas para su uso como residencia habitual y permanente de familias numerosas, de acuerdo con su número de miembros y necesidades.

María Gallego Igea

Licenciada en Derecho. Experta en Derecho de Consumo. Soy Licenciada en Derecho y Master en Derecho Empresarial (Universidad Antonio de Nebrija 1997). Soy actualmente Abogada en ejercicio, con más de diez años de experiencia en despacho propio, que desarrolla su labor profesional en diferentes ámbitos del mundo del consumo (asesoría, mediación y arbitraje). Soy Letrada del turno de oficio y Arbitro de la Corte Arbitral del Colegio de Abogados de Madrid. Colaboro con Consumoteca porque es una oportunidad de acercar mis conocimientos legales a la realidad diaria de las personas que accedan a esta web, y porque supone una oportunidad única para conocer de primera mano los problemas reales que surgen en la vida cotidiana.

Esta entrada tiene 12 comentarios

  1. Nogaye

    Hola soy familia numerosa especial tengo un piso de 70 m somos 8 personas ya no cabemos Enel piso ya están creciendo y no tengo ni espacio estoy planeando cambiar de vivienda me puedes ayudar gracias

  2. Carlota

    hola buenas estava interesada en una vivienda soy madre soltera de familia numerosa especial con 4 menores .gracias

  3. Mercedes

    Hola soy familia numerosa especial y necesito un piso del habitache estoy en la casa de mis padres y yo quiero mi espacio me podéis ayudar

  4. Madeleyne

    Hola, me encantaría que me ayude con mi caso, El banco nos quitó el piso y nosotros somos los dueños legítimos, también somos familia numerosa, hay alguna manera de recuperarlo con facilidad por ser familia numerosa?
    Cabe recalcar que el piso lo perdimos hace aproximadamente 10 años y nos fuimos del país, pero hasta ahora nadie lo ha habitado. Espero su respuesta.

  5. Azahara

    Hola, expongo mi caso para ver si me pudiera orientar.

    Somos familia numerosa y tenemos una vivienda en la cual no vivimos por ser de cuando no teníamos hijos y ahora vivimos de alquiler en una vivienda más grande. Mi pregunta es, podríamos solicitar una vivienda protegida,? O q opciones tenemos ?? Pagamos bastante de alquiler y queremos dar una solución. Gracias

    1. Alejandra

      hola buenas quería preguntarte si te ayudaron o te dieron alguna solución yo estoy en la misma situación tuya gracias espero respuesta 😊

  6. Nerea Latorre

    Buenas noches!
    Actualmente soy familia numerosa, estoy buscando tanto los límites de renta como los límites de superficie y precio para adquirir una vivienda (con el correspondiente beneficio del ITP) pero no encuentro nada concreto. Tengo una vivienda habitual en la que resido actualmente y también me gustaría saber si podría seguir desgravandome la hipoteca ya que el cambio de vivienda se debe a la condición de familia numerosa!

    Muchas gracias por la aclaración un saludo

  7. Lucia

    Buenos días expongo nuestra situación, que creo que pueden compartir algunas familias numerosas y por tanto me gustaría encontrar una solución o algo que pudiéramos hacer o promover.

    Nosotros compramos una vivienda de vpa en 2012 estando aún solteros, actualmente somos familia numerosa, y estamos mirando que opciones tenemos.

    He visto que el artículo 106 del Decreto 2114/1968 de 24 de julio por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley sobre Viviendas de Protección Oficial, en relación con el artículo 15.2 de la ley de protección a las familias numerosas 40/2003, establece lo siguiente:

    Queda prohibida la reserva o disfrute para uso propio, por cualquier título, de más de una vivienda de las construidas con protección oficial. Se exceptúan los cabezas de familia numerosa, quienes podrán ser titulares de dos viviendas si se trata de familia de primera o segunda categoría, y de tres viviendas, si lo es de categoría de honor, siempre que constituyan unidad horizontal o vertical y sin que en ningún caso pueda exceder de 300 metros cuadrados la superficie construida de las viviendas agrupadas.
    Nuestra duda es si en Asturias hay alguna regulación similar respecto a las vpa que proteja a las familias numerosas (que no he encontrado nada) permitiéndonos comprar otro piso colindante para aumentar el volumen, puesto que el actual se nos va quedando pequeño y no queríamos renunciar a nuestro hogar.
    Un saludo y gracias de antemano.

  8. Sandra

    Ola buenos noches me llamo Sandra tengo 26 años y mi marido 35.

    Tenemos 4ijos i Estoi apuntada en abitatge apuntada i no me ayudan con ningún piso tengo el carnet de familia numerosa especial i no Estoi en una vivienda de 2 avitaciones k no lleva a 60 metros cuadrados ablo con asistenta social ablo con abitatge y según ellos no ai pisos i mi cuñada tiene 3 niños i le anexo dado un piso a los pocos meses de apuntarse por k no me alkilan uno si no cabemos en tan pocos metros no estamos trabajando ninguno de los 2 i cobramos renda Grantida de 1.025 euros y pagando 310 de alkiler

  9. ION PAUN

    GENERAL Solicito una vivienda para familia numerosa. Y también tengo una hija con minusvalía de 65%.¿Donde puedo informarme?

  10. ION PAUN

    GENERAL Solicito una vivienda para familia numerosa. Y también tengo una hija con minusvalía de 65%.¿Donde puedo informarme?

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