La garantía de los animales que compramos

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Conejo mascota

Este artículo se publicó el 10 de enero de 2017 y ha sido actualizado el 8 de enero de 2022 con motivo de la ampliación de la garantía legal de 2 a 3 años.

Garantía de los animales

Un animal es un ser vivo, ante todo, y su compra como animal doméstico, desde un punto de vista jurídico, tiene unas particularidades, frente a la compra de cualquier otro producto.

El Instituto Nacional de Consumo, se pronunció hace tiempo en una Resolución sobre si un animal puede considerarse un producto, acogido a las normas de garantía. Lo hizo a partir de una consulta efectuada en relación a la antigua Ley sobre Garantías de Bienes de Consumo (Ley 23/2003).

Interpretación del INC

La respuesta emitida sobre si los animales tienen garantía es plenamente aplicable, tras la nueva normativa que regula las garantías de bienes consumo, el Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Esta normativa define “producto” así:

 “……….. a los efectos de esta norma, es producto todo bien mueble conforme a lo previsto en el art. 335 del Código Civil”

Según el artículo 335 del Código Civil, “bienes muebles” son:

“Los susceptibles de apropiación no comprendidos en el capítulo anterior, y en general todos los que se pueden transportar de un punto a otro sin menoscabo de la cosa inmueble a que estuvieren unidos”.

Sin duda los animales pueden ser transportados de un lugar a otro. Y, por otra parte, los artículos 1.491 y siguientes del Código Civil nos confirman que pueden ser también objeto de apropiación mediante un contrato de compraventa.

De hecho los citados artículos del Código Civil contemplan las acciones  para el saneamiento de los vicios ocultos que pudieran hallarse en la compraventa de animales.

Asimismo el art. 115 del Real Decreto Legislativo 1/2007, establece los productos y servicios excluidos de las normas relativas a la garantía:

“1. Están incluidos en el ámbito de aplicación de este título los contratos de compraventa de productos y los contratos de suministro de productos que hayan de producirse o fabricarse.

2. Lo previsto en este título no será de aplicación a los productos adquiridos mediante venta judicial, al agua o al gas, cuando no estén envasados para la venta en volumen delimitado o cantidades determinadas, y a la electricidad. Tampoco será aplicable a los productos de segunda mano adquiridos en subasta administrativa a la que los consumidores y usuarios puedan asistir personalmente”.

Tras estas consideraciones, y de conformidad con la citada regulación del Código Civil sobre los bienes muebles corporales, cabe concluir que la venta de animales está incluida en el ámbito de aplicación de las normas de garantías sobre bienes de consumo.

No obstante, hay que hacer una precisión en cuanto a la aplicación de la normativa de garantías a los animales: en determinados casos se estará ante bienes no sustituibles.

Y en otros, atendiendo a la naturaleza de la falta de conformidad, su reparación (o cura) no será posible.

Nuevo marco legal en 2022

Desde enero de 2022, está en vigor una nueva redacción del Real Decreto Legislativo 1/2007 (la ley de defensa de los consumidores y usuarios). Y en su artículo 114, apartado 2 b, se excluye expresamente a los animales de las normas garantías.

Esta exclusión viene motivada por la nueva regulación sobre animales que ha entrado en vigor el 5 de enero de 2022, la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales, publicada en el BOE del 16 de diciembre de 2021.

Esta normativa es el primer paso de la nueva regulación que, a nivel nacional se prepara sobre protección y defensa de los animales, y que se prevé que sea aprobada en los próximos meses.

Antes los animales se consideraban bienes muebles

Con anterioridad a este cambio normativo, los animales eran considerados como bienes muebles. Pero a partir de ahora, el nuevo artículo 333 bis del Código Civil, los define como: “seres vivos dotados de sensibilidad” y como «seres sintientes».

Artículo 333 bis.

1. Los animales son seres vivos dotados de sensibilidad. Solo les será aplicable el régimen jurídico de los bienes y de las cosas en la medida en que sea compatible con su naturaleza o con las disposiciones destinadas a su protección.

2. El propietario, poseedor o titular de cualquier otro derecho sobre un animal debe ejercer sus derechos sobre él y sus deberes de cuidado respetando su cualidad de ser sintiente, asegurando su bienestar conforme a las características de cada especie y respetando las limitaciones establecidas en ésta y las demás normas vigentes.

3. Los gastos destinados a la curación y al cuidado de un animal herido o abandonado son recuperables por quien los haya pagado mediante el ejercicio de acción de repetición contra el propietario del animal o, en su caso, contra la persona a la que se le hubiera atribuido su cuidado en la medida en que hayan sido proporcionados y aun cuando hayan sido superiores al valor económico de éste.

4. En el caso de que la lesión a un animal de compañía haya provocado su muerte o un menoscabo grave de su salud física o psíquica, tanto su propietario como quienes convivan con el animal tienen derecho a que la indemnización comprenda la reparación del daño moral causado.»

Por tanto, sólo les será aplicable el régimen jurídico de los bienes y de las cosas en la medida en que sea compatible con su naturaleza o con las disposiciones destinadas a su protección.

Por otro lado, los animales son, en general, apropiables y objeto de comercio. Sin perjuicio de ello, la relación de la persona y el animal ha de ser modulada por la cualidad de ser sintiente, de modo que los derechos y facultades sobre los animales han de ser ejercitados atendiendo al bienestar y protección del animal, evitando el maltrato, el abandono y la provocación de una muerte cruel o innecesaria.

Animales en caso de ruptura de parejas

Por otro lado, también se han modificado determinados artículos del Código Civil, relativos a las crisis matrimoniales.

A partir de ahora, tanto en caso de divorcio de mutuo acuerdo o contencioso, se deben regular las medidas sobre los animales de compañía, bien por convenio entre los cónyuges, bien en sentencia judicial. Asimismo, se recogen medidas de protección en caso de violencia familiar o de género.

Asimismo, se modifican ciertos artículos sobre los derechos que se pueden ejercitar sobre los animales, como:

  • la propiedad de los mismos, la posesión, los cuidados y los gastos asumidos por quien haya encontrado un animal;
  • la indemnización por los daños que se hayan causado a un animal;
  • lo que ocurre con el animal en caso de fallecimiento de su propietario.

Responsabilidad de quien vende un animal

Respecto de la responsabilidad del vendedor de un animal, se han modificado los artículos del Código Civil, relativos al saneamiento de los vicios ocultos.

Así, los artículos más importantes son los siguientes:

El vendedor de un animal responde frente al comprador por el incumplimiento de sus deberes de asistencia veterinaria y cuidados necesarios para garantizar su salud y bienestar, si el animal sufre una lesión, enfermedad o alteración significativa de la conducta que tiene origen anterior a la venta.

Art. 1484.2

El vendedor responde al comprador del saneamiento por los vicios o defectos ocultos del animal o la cosa vendida, aunque los ignorase. Esta disposición no regirá cuando se haya estipulado lo contrario, y el vendedor ignorara los vicios o defectos ocultos de lo vendido.

Artículo 1485

El saneamiento por los vicios ocultos de los animales destinados a una finalidad productiva no tendrá lugar en las ventas hechas en feria o en pública subasta, o cuando sean destinados a sacrificio o matanza de acuerdo con la legislación aplicable, salvo el caso previsto en el artículo siguiente

Artículo 1493

En este marco de mayor protección de los animales, asimismo se han modificado la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, no permitiendo que los animales de granja o explotaciones, ni los animales de compañía, puedan ser objeto de hipoteca, ni tampoco ser embargables.

Estos son los cambios en normas aplicables a todo el Estado, sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo que puedan hacer las Comunidades Autónomas de los derechos civiles, forales o especiales que afecten a los animales, allí donde exista.

Este artículo se publicó el 10 de enero de 2017 y ha sido actualizado el 8 de enero de 2022 con motivo de la ampliación de la garantía legal de 2 a 3 años.

María Gallego Igea

Licenciada en Derecho. Experta en Derecho de Consumo. Soy Licenciada en Derecho y Master en Derecho Empresarial (Universidad Antonio de Nebrija 1997). Soy actualmente Abogada en ejercicio, con más de diez años de experiencia en despacho propio, que desarrolla su labor profesional en diferentes ámbitos del mundo del consumo (asesoría, mediación y arbitraje). Soy Letrada del turno de oficio y Arbitro de la Corte Arbitral del Colegio de Abogados de Madrid. Colaboro con Consumoteca porque es una oportunidad de acercar mis conocimientos legales a la realidad diaria de las personas que accedan a esta web, y porque supone una oportunidad única para conocer de primera mano los problemas reales que surgen en la vida cotidiana.

Esta entrada tiene 102 comentarios

  1. Beatriz

    hola tenemos una cobaya hembra en casa a la cual decidimos buscarle compañía y fuimos y compramos otra cobaya.
    hembra de 2 meses y a los 49 días después dio a luz y no sabíamos que está embarazada y en la tienda que la vendieron no dijeron que estaba embarazada que podríamos hacer en este caso,se puede reclamar a la tienda

  2. Nuria

    Gracias por el artículo, tan necesaria la información, ya que el mercado de mascotas es enorme y tremendamente abusivo para los consumidores.

    Yo adquirí una perra que al mes seguro con una cardiopatía congénita y de origen genético. falleció antes de cumplir los dos años. La criadora me ofreció el cambio del animal (tenía obligatoriamente que entregarle a la mía). No acepté. El contrato que me entregó para la compra incluye únicamente 6 meses de garantía por defecto genético que se efectuará con el cambio del animal (esto fue antes de la ley de protección de animales activa en enero de 2022, aunque ya vi en su momento sentencias que defendían la compensación económica y no el cambio del animal).

    Bueno, pues ahora estoy buscando otro ejemplar y no he encontrado ni un centro official (voy por el sexto), dados de alta, oficiales, núcleo zoológico, etc… que incluya en su contrato más garantía que la que firmé hace casi 2 años.

    Me pregunto si esto es legal? Me pregunto si quizá esto obedezca a este párrafo de la ley que no entiendo? :

    “ El vendedor responde al comprador del saneamiento por los vicios o defectos ocultos del animal o la cosa vendida, aunque los ignorase. Esta disposición no regirá cuando se haya estipulado lo contrario, y el vendedor ignorara los vicios o defectos ocultos de lo vendido.”

    Entonces, rige o no rige, protege o no protege??
    Porque si me compro un frigorífico no tengo que estar regateando con el vendedor sobre el pedido y las condiciones de garantía 🤔

    Muchas gracias!!
    Saludos

    El vendedor responde al comprador del saneamiento por los vicios o defectos ocultos del animal o la cosa vendida, aunque los ignorase. Esta disposición no regirá cuando se haya estipulado lo contrario, y el vendedor ignorara los vicios o defectos ocultos de lo vendido.

  3. Isa

    Compré una gatita para regalársela a mi novia, pero resulta que sus padres no le dejan tener a la gata, los vendedores devolverían el dinero y se volverían a quedar con la gata?

  4. DAVID CEBRIAN

    Buenas tardes.

    En Mayo del 2021, compramos un schnauzer miniatura (Arthur), de un criadero profesional, madre campeona de belleza, el padre tambien, etc.

    Hace un mes que le han detectado cataratas bilaterales, ahora maduras, le he hecho las pruebas para operar y entre todo suma mas de 3000€.

    Me quieren dar otro perro (evidentemente no quiero), o devolverme el dinero, pero supone mucho mucho mas de lo que me costó.

    ¿Me podeis dar algun consejo de qué debo hacer?

    Gracias de antemano.

    1. saida

      Hola David
      Que paso finalmente con tu caso?
      Tengo un caso que tiene similitudes.

      SAi

  5. Leticia

    El día 23/07/2022 recogí dos gatos de un criadero de Madrid. Ese mismo día y de vuelta a Cantabria, lugar donde resido, los gatos empezaron con diarreas. El día posterior diarreas con sangre. Esto fue informado inmediatamente al criadero y los gatos se llevaron al veterinario.
    Han estado varios meses bajo constante medicación y finalmente se confirmó positivo en:
    TRITRICHOMONAS FOETUS (DNA)
    CORONAVIRUS FELINO (RNA)
    CRYPTOSPORIDIUM SPP (DNA) (HECES)

    Hasta la fecha el criadero ha sido informado de todo el proceso, y ha ido realizando algún bizum, los cuales no han cubierto en absoluto todo el coste de pruebas y tratamientos. Actualmente los gatos siguen bajo medicación ya que la situación continua igual (ambos con diarreas crónicas y bajo medicación) y el criadero ya no responde a mis watshapp.

    Me pregunto si sería posible saber cual es la siguiente acción que yo debería tomar, a quien debo dirigirme, etc.

    1. Valeria

      hola! compré un caniche que pague una fortuna porque era el mas pequeño y ahora con solo 4 meses pesa 5 kilos hay posibilidad de hacer algo al respecto me siento estafada por el precio elevado que me cobraron

  6. Sergio

    Buen dia! Espero se encuentren bien

    Les comento mi caso. Viajé desde Perú a España (Barcelona) para la compra de un Gatito Bengali en un criadero de «confianza» y renombre en Barcelona. El primer día que me la dieron (27 de septiembre del 2022), informé que cuando la gatita iba al baño se quejaba mucho y de por sí se le veía muy flaquita pero el dueño del criadero me dijo que era normal.

    Al día siguiente yo retorné al Perú (llegué el 28 de septiembre del 2022). Ya en casa pude notar sangre en sus eses y que venía con una constante diarrea. Ni bien paso esto, no transcurridos ni 24 horas, le informé al dueño del criadero (tengo pruebas en whatsapp con fotos y todo donde el también responde). Le dije que iba a sacar una cita de emergencia con veterinarios y él me dijo que era normal en gatitos de esa edad y después de eso me dijo que le haría exámenes a los hermanos de mi gatita.
    En los exámenes salieron que todos los hermanos de mi gatita tenían «Triconomas Foetus» que es un parasito que hace que los gatos tengan diarreas con sangre, crónicas, que no hay medicamento en Perú para tratarlo ya que el Ronidazol esta prohibido.

    El primero de Octubre me dice esto: «Hasta el martes 27 hizo 9 días de Metronidazol, sus heces eran compactas y mejoraron, por lo visto recaen en diarrea». Aquí está el vicio oculto, claramente él sabía que los gatitos estaban mal y aun así me la dio firmando un contrato en el que dice literalmente que el criadero es libre de «Triconomas Foetus» justo lo que tiene mi gatita y que causa esas diarreas crónicas con sangre y para lo cual no hay cura en Perú.

    En el contrato de compraventa están mis datos, los datos del criadero y diversas cláusulas de las cuales se han incumplido 2 de las 20 que tiene el contrato

    3. El ejemplar se entrega desparasitado y vacunado, libre de pulgas, garrapatas, hongos y todo
    tipo de virus o enfermedades. – Obviamente me la dio con parásitos y sabiendo que los tenia

    14. Nuestro centro de cría está totalmente libre de cualquier enfermedad vírica, libre de
    Leucemia Felina, Coronavirus, Inmunodeficiencia, Giardias, «Tritrichomonas», Panleucopenia,
    Calicivirus, Rinotraqueítis, Hongos, Parásitos internos. – Aquí dicen explícitamente que el criadero está libre de los parásitos con los que me entrego al gatito «Tritrichomonas» y Giardias y de lo que actualmente está sufriendo

    Que es lo que puedo hacer en este caso. Ya voy gastando bastante dinero en veterinarios y medicinas que calmen un poco lo que está sufriendo mi gatita y aquí en Perú no hay ese medicamento ya que está prohibido por el gobierno peruano. Él me la entrego así, sabiendo que ya tenía eso, no me informo y en su contrato literalmente dice que la gatita no tenía esos parásitos.

    Muchas gracias por su tiempo

    1. Consumoteca

      Hola Sergio

      Lo mejor que puedes hacer es buscar un abogado/a en Barcelona que te defienda frente al criadero.

      Un saludo

    2. Leticia

      Buenos días Sergio,
      Estoy exactamente en la misma situación que tu. ¿Podrías contactarme? te dejo mi correo: [email protected]

  7. Mari Carmen

    Hola, a ver que podemos hacer.

    Hace una semana compramos un chihuahua, nos lo tuvieron que enviar y tenemos el resguardo del envío de la agencia de transportes. Factura de compra no tenemos.

    El caso es que a los 5 días llevamos el perro al veterinario porque lo notamos un poco triste, le pincha algo y nos dicen que lo dejemos en observación. A la hora de dejarlo nos dicen que el cachorro ha sufrido un ataque y ha fallecido (muy raro también por parte de la clínica veterinaria).

    Nos dan una analítica en la que le detectan parvovirus. ¿Qué podemos hacer? Al no tener factura de compra se puede hacer algo con el resguardo del transporte y la cartilla/pasaporte del perro?

    Se supone que en el transporte pasa por un veterinario, según nos comentó el dueño. Gracias

    1. Consumoteca

      Hola Mari Carmen

      Tendríais que hablar con el vendedor y pedirle que os dé un nuevo animal u os devuelva el dinero. Al no tener factura, es difícil reclamar formalmente ante Consumo.

      Un saludo

  8. Ana

    Hola hace tres meses compré un Golden y en unas visita rutinaria para sus vacunas y debido a que cojeaba el veterinario le hizo un estudio a fondo y tiene problemas genéticos en ambas rodillas, que habrá que operar, los testiculos los tiene asomando ahora que tiene 7 meses, es más pequeño de lo normal y posiblemente tenga displapsia. He puesto en conocimiento yo del criador todo este asunto y ni siquiera me ha contestado Que puedo hacer Muchas gracias

    1. Consumoteca

      Hola Ana

      Tendréis que asesoraros con un abogado/a que os pueda redactar un escrito formal enviado por burofax o similar al criador alegando que el animal no es conforme a lo que establece la garantía de los animales.

      Y si no se pliega a ello, tendréis que plantear una demanda judicial aportando todos los gastos y justificantes a que tenéis que haber hecho frente por estas enfermedades sobrevenidas.

    2. Ana Freixa

      Hola Ana

      Estoy en la misma situación que tu. Tengo un Golden de 8 meses con problemas de crecimiento y ahora confirmada displasaia de codo después de haber hecho un Tac.
      El criador no se quiere hacer cargo de ninguna responsabilidad y se acoge a que en su contrato da un margen de 60 dias en los que se haría responsable de defectos genéticos. Esta claro que en 60 dias la mayoría de estas patologías no han sido detectadas y a eso se acoge para eximir su responsabilidad.
      La realidad es que tenemos un perro de 8 meses que va a tener que ser operado de una enfermedad genética de la que debería responsabilizarse el criador.
      No se si habéis avanzado con la reclamación. Si es asi te agradeceria que dierais algún consejo para que esta situación tenga el mejor resultado.
      Muchas gracias
      Ana.

  9. Jose Palmero

    Buenos días,
    Tenemos una duda importante a la hora de emprender acciones, no sabemos hasta que lunto podemos, os exponemos nuestro caso.

    Nosotros compramos un bulldog francés e 24/6 del año pasado (2021) y cuando nos llegó, de Mallorca, a los 3 días enfermó un poco y al llevarlo al veterinario vieron que tenía un soplo. Nos dijeron que podía ser un soplo inocente, que al desarrollarse esta raza, podría desaperecer.

    Hablamos con el dueño y nos dijo lo mismo, que es normal, claro. La semana pasada, paseándola a las 11 de la noche se nos desplomó en el suelo, décimas de segundo. Al hacerle un estudio hace dos días, han visto que tiene una estenosis en la aorta y una estenosis pulmonar. La aorta se puede tratar con medicación pero, la pulmonar está a nivel de tubo y no tiene garantías de éxito al operar.

    Al grano, la perrita (nuestra Nala) con 1 año y 3 meses, nos dicen que puede durar un año, dos, o cinco no saben. Es difícil. El coste de todos los estudios ya va por 600€.

    ¿Podemos reclamar al vendedor, denunciar o hacer algo al respecto? Ya no es solo el dinero, es la impotencia.

    Gracias de antemano.

    1. Consumoteca

      Hola José

      En principio se podría pensar en un «vicio oculto» en el animal que el vendedor podía o no desconocer. La solución pasaría por hablar con un abogado/a, y junto con un informe pericial de un veterinario que dictamine sobre la enfermedad del perro, plantear al vendedor algún tipo de acuerdo pre-juidicial. En caso de que no aceptara habría que ir a juicio.

      Un saludo

    2. José Maria Martín Hernández

      BUENOS días. hemos comprobado una chihuahua y después de un mes hemos visto que tiene defectos genéticos, (hernias inglinales de nacimiento y espalda arqueada), el vendedor nos cambia el cachorro, pero no me dice en cuanto tiempo me dará otro, teniendo que firmar por mi parte un contrato de cesión y el dinero no lo devuelve porque el contrato firmado solo contempla el ca. Mbio.
      Mi pregunta es, cual es el plazo legal para entregarme otro PERRO?
      GRACIAS

  10. Rocio

    Quería pediros ayuda en la compra de un loro que desgraciadamente ha fallecido.

    El loro me costó 1.000€ me dijeron que tenia 2 meses y en los papeles que me dieron a los días ponía 1 mes y medio.

    A los 10 días le tuvieron que ingresar en el hospital con principio de neumonía ya que la papilla se le podía haber ido al pulmón. Ademas alegan que puede tener una bacteria pero no se le puede confirmar porque conlleva biopsia y era muy pequeño para esa prueba.

    A los días mejoró (7 dias ingresado) y le dieron el alta. Se recuperó con mucho mimo, dando de comer con una sonda, parecía que iba mejor, volvieron a revisión y ya tenía los pulmones limpios, pero pasaron días y volvió a recaer otros 5 días ingresado..

    Se mejoró y a los días volvió a estar apagado y sin querer comer.

    Cuando le fueron a llevar al veterinario antes de llevarle.. falleció.

    El coste del ingreso y pruebas posteriores han sido en torno a 1.000e, la empresa que me lo ha vendido se desentiende, y encima con malas maneras sin empatizar con la pérdida, porque lo han sufrido mucho.

    ¿Creéis que se puede reclamar? Se que es un ser vivo, pero entiendo que cuando pagas por algo tiene que darte unas garantías. Muchísimas Gracias

    1. Consumoteca

      Rocío

      Entendemos que el animal tenía vicios ocultos ya que solo ha estado unos días con vosotros. Lo suyo sería confiar el caso a un abogado/a que valore una acción frente al vendedor.

      Un saludo

  11. ANTONIO

    Hola,

    Hace 3 semanas compré un perro. Al siguiente día le detecté que tenia mucha tos. Lo llevé al veterinario y le mandó antibiótico, 10 dias.

    A los 10 días sigue igual y al hacerle una radiografía detectan que tiene mal un pulmón y que es porque ha tenido una neumonía desde antes de comprarlo. He hablado con el criadero para que me de los informes de las pruebas que le hicieron al perro antes de vendermelo y no me los dan porque dicen que ya hace más de 10 días que lo compré.

    Mi pregunta es, ¿está obligado a darme los informes?, ¿puedo exigirle que me pague los gastos del veterinario?. Gracias

    1. Consumoteca

      Hola Antonio

      La compra de una mascota, tiene las mismas garantías y condiciones que las de cualquier otro producto como mínimo y, adicionalmente, las que se han de tener en cuenta por tratarse de un ser vivo.

      En este caso, se debería pedir formlmente al criadero una reducción del precio o que asuma los gastos veterinarios siempre que se trate de una compensación económica proporcionada y demostrable.

      Si necesitas ayuda en la redacción del escrito no dudes en contactarnos consumoteca @ gmail.com

  12. cesar

    hola hace 2 dias compre un gato en un centro comercial, a las 3 horas cuando llege a mi domicilio en otra ciudad. el gato estaba enfermo y lo lleve a un veterinario. me dijo que estaba desnutrido, deshidratado y tenia poblema para respirar el gato tenia 15 dias solo me dijo este veterinario. no e donde lo compre no dijeron nada.
    a fallecido hoy. los gatos ocadionados que no an sido pocos ya a estado ingresado y entubado y con cuidados 48 horas. se podrian hacer pagar al vendedor del gato?
    la tienda les dije estaba enfermo y que lo lleve a un vetenirio . me repondieron que la veterinaria estaba de vacaciones 30 dias y que cuando estubiera ya nos llamarian ellos. ( claramente intentado pasar del asunto)

    1. Consumoteca

      Hola César

      Envía una reclamación a quien te vendió el gato enfermo adjuntando el coste del veterinario y que te devuelvan tu dinero más el coste del veterinario.

      Un saludo

    2. Natalia

      Hace una semana compramos un cachorro de 2 meses con garantía genética. A los tres días lo llevamos al veterinario, estaba deshidratado y con anemia.

      En una ecografia salió que tenía malformación de los riñones, seguramente congénita. ¿Qué podemos reclamar a la criadora?

  13. Ester

    Hola, entiendo que antes, la compra de animales de compañía en tienda o criador, tenían dos años de garantía por enfermedad genética. Pero no me queda claro como queda ahora la garantía genética con la nueva ley de bienestar animal de 2022.

    1. Consumoteca

      Hola Ester

      La tal nueva ley de bienestar animal 2022, aún no está aprobada en el Congreso de los disputados. Hoy es tan solo un Anteproyecto de ley orgánica de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de maltrato animal, a los efectos previstos en el artículo 26.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

      Que sepamos solo aborda la materia del maltrato y condiciones de los animales, pero no sabemos si aborda el tema de la garantía genética. Estaremos atentos cuando se apruebe.

    2. Lucas

      Hola he comprado un cachorro el 7 de mayo.

      El día 10 de mayo le llevo al veterinario para vacuna recuerdo del parvo y detectan que puede tener parvovirus.

      Lo tengo ingresado con suero muy grave. Tengo contrato de la compra, cartilla. Denunció??

    3. Consumoteca

      Hola Lucas

      Lo mejor es llegar a un acuerdo con el vendedor para que se haga cargo de los costes de veterinario. Y en caso de fallecer el animal que te devuelva el importe de la compra o lleguéis a un acuerdo sobre un perrito de sustitución.

      Un saludo

    4. Eli

      Hola, hace 1 semana compré un conejo y he descubierto que mi hijo es alérgico. Cada vez q lo toca o simplemente acercarse donde ha estado el conejo, se le hinchan los ojos, urticaria y picor insoportable. Llamé a la tienda y no hay productos para resolverlo…solo q el niño no se acerque a su mascota. No se puede devolver. Que lo dé a una protectora….

  14. Susana

    Hola. Necesito ayuda legal. Soy de Barcelona y me gustaría saber si tienen aquí abogados para actuar.

    Compré un chihuahua el 27 de noviembre por la tarde noche,el 28 de noviembre lo tuve que llevar de urgencias porque el animalito estaba muy enfermo. Estamos a día 5 de febrero y seguimos con antibióticos en la clínica veterinaria que cubre la garantía. Me vendieron a mí perrito con bronquitis grave e infección respiratoria.

    Me gustaría saber que acciones legales puedo tomar. Tengo miedo de que me digan que me dan otro perro y tenga que devolver al mío y eso es algo inviable, no entra en mi cabeza devolverlo porque sé que lo sacrificarán. Hasta la fecha,con discusiones se están haciendo cargo de las visitas, pero no de la medicación y ellas mismas me reconocen por audio de whatsapp que si estaba resfriado.

    Necesito ayuda por favor

    1. Lola

      Hola buenas. Mi pregunta es la siguiente. Voy a comprar un cachorro en una tienda de mascotas. Está el dueño obligado a darme la garantía vírica y genética ( displexia)?.
      Gracias

    2. Consumoteca

      Hola Susana,

      No sabemos si está obligado o no, pero tú como compradora es muy recomendable que le obligues a él que te la entregue y que figure en el contrato de compraventa esta garantía y las consecuencias (obligaciones para el vendedor) en caso de que el cachorro tenga enfermedades (gastos veterinarios, hospitalización, incluso fallecimiento).

  15. Esther

    Hola buenas noches .
    Compre un perro hace una año y medio .
    Y cuando me lo trajeron solo me dieron la cartilla con las vacunas y el resguardo del medio de transporte .
    Le he pedido al vendedor que me dé un certificado de raza y me dice que como no es hijo de campeón que no me puede dar el la enumeración para que le pueda sacar el pedigree.
    Que me han vendido una mascota .
    Esto es legal ??

  16. Rosa

    Hola, hace 3 meses compré una perrita con pedigrí que está enferma (enfermedad hereditaria) y no puedo hacer frente a los gastos que supone darle una vida digna, más pruebas, tratamiento, etc. No tengo ningún contrato pero el criador es de mucho renombre, tengo las conversaciones de WhatsApp. Me gustaría saber si el criador tiene alguna responsabilidad al respecto, devolverme el dinero pagado por el cachorro para poder hacer frente a los gastos o incluso que el se hiciera cargo de la perrita. Gracias

  17. Himgirl

    Hola buena tarde disculpa una pregunta, mira resulta que tengo un perro que es pedigree con certificado, sin embargo lo cruce con la perrita de una chica con la cual ya habia quedado de acuerdi verbalmente que pues al nacer la camada nos quedariamos con la mitad cada quien, sin embargo, ya que nacio la camada, ella no quizo darme nada y al.contrario me dijo que me los vendia, y pues que iba a meter abogado, yo tengo la grabacion de cuando ella me.dijo que aceptaba el trato de mitad y mitad de los perritos, mi.pregunta es: como puedo pelear dicha situación y que ella me de la mitad de perritos que me corresponde? Que puedo hacer legalmente?

  18. Ricardo

    Tu comentario está a la espera de ser aprobado.

    Si me vendieron un cachorro de un mes y se muere me tienen que devolver mi dinero por comprar un perro chico, lo lleve al veterinario y el diagnóstico fue deshidratacion, pero al día siguiente que lo compre no quiso comer y no le dije al que le compre hasta el día siguiente en. La noche y le dije que llavria el perro el lunes al veterinario lo lleve al veterinario al 3 día y se murió entonces me pueden devolver el dinero.

  19. Doris lopez

    Hola buenos dias compre un gatico siames y desde que me lo trajieron notamos un parche raro junto al ojo y lágrimas y le dijimos al vendedor dijo raro lo llevamos al veterinario y dijo que hongos y apartir de ahy le a dado varias cosas y el vendedor no quiere cubrir nada que hago

    1. Zully Moreno

      buenas tardes el 24 de diciembre compramos un perrito Schnauzer parai mi nieto de navidad se murió a los tres días de parvo el dueño del criadero no quiere responder que podemos hacer o dirigirnos

  20. MARIA

    Hola! Hace un mes compramos un cachorro de Perro Lobo Checoslovaco a un criador, el cual no nos facilitó factura ni contrato.

    Ya el segundo día la veterinaria nos indicó comenzar con antibióticos porque tenía la barriguita hinchada. Ha estado más de 20 días con unas diarreas horribles, perdió muchísimo peso, deshidratada y finalmente con un fallo hepático y daño cerebral.

    Se diagnosticó de shunt portosistémico intrahepático múltiple, enfermedad congénita y probablemente hereditaria.

    Al final hace pocos días hemos tenido que sacrificarla porque no tenía cura y estaba sufriendo. Todo ha sido muy duro emocionalmente y nos hemos gastado muchísimo, 1200 euros del perro y 2500 euros en todos los tratamientos.

    El criador nos ha tratado fatal, solo nos ha ingresado 300 euros y no dice que nos dará otro perro en la próxima camada. ¿Hay opciones de reclamarle los gastos del perro y veterinario, aún sin factura? ¿se puede denunciar la falta de factura y contrato? Gracias

  21. Juan

    Buenas tardes, he comprado un cachorro de boxer a un particular. Tengo su cartilla con su vacuna y desparasitacion, tengo hecha una trasferencia de 100 euros a la chica a quien se lo compre pero no tengo ningún contrato de compra venta, solo una conversación por mensaje. El cachorro a los días tiene parvovirus y no se hace responsable. ¿Puedo reclamar de alguna manera? Muchas gracias

  22. Maria

    Compre cachorro Labradoodle mini y al llegar me pareció muy grande, cuando lo lleve al veterinario pesaba 4 kg con dos meses y el veterinario me dijo que de adulto pesaría entre 25-30 kg. Yo pague por un perro pequeño máximo 10kg. El veterinario me aconsejó devolverlo inmediatamente y ahora no me quieren devolver lo que pague. 850€. El perro solo ha estuvo 24 horas conmigo y se han justificado diciendo que está sociológicamente deprimido y que el sicólogo para el perro vale más de 600€. Me siento estafada..

  23. Irene Moreno

    Buenos dias,el pasado dia 1 de octubre adquiri 3 kakarikis en una tienda de animales,me costaron bastante caros,resulta que ya tenia uno papillero desde febrero y queria adquirir alguno mas,el caso es que vi 3 y los compré,los tengo separados del otro porque hace pocos dias que están,el caso es que han pasado 3 dias y uno de ellos se ha quedado tieso en la jaula,comederos y bebederos llenos de comida y en un sitio donde no les da aire,ni se mojan donde tengo mas pajaros en sus respectivas jaulas.He llamado a la tienda y no me han dado solución,mas que vigile que no les de aire ni se mojen y que dispongan de agua y comida y que puedan sacar la cabeza de los comederos.El problema de que puedan sacar la cabeza no es porque le tengo los comederos y bebederos por dentro y sin tapa

    1. Consumoteca

      Hola Irene

      Reclama a la tienda de animales el reembolso ya que apenas han pasado unos días y no eres nueva en dar cuidados a los pajaritos.

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