Qué es un seguro de protección de pagos

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Consumidora preocupada (Kyle Broad Unsplash)

El seguro de protección de pagos, también conocido como seguro de desempleo, es una fórmula de seguro que los bancos suelen «imponer» a algunos de sus clientes en el momento de contratar un préstamo hipotecario o un préstamo personal de cierto volumen.

Estos seguros te los hacen firmar con su aseguradora asociada y es una más de las vinculaciones que te pueden obligar a firmar para darte unas condiciones mejoradas sobre las condiciones estándar de tu préstamo. El beneficiario del seguro en caso de ser necesario, es el banco.

Se trata por tanto más de un seguro impuesto por el banco que demandado por el cliente (de hecho si lo pidieras a una aseguradora desvinculado de un préstamo probablemente no te lo darían), con el que los bancos se quieren asegurar de que si se te tuercen las cosas en el trabajo y dejas de ingresar, te asegures de seguir pagando la cuota hipotecaria durante el tiempo que tardarás en encontrar un nuevo trabajo.

Para qué sirve el seguro de desempleo

Este seguro es privado y no tiene nada que ver con el también conocido seguro de desempleo público, prestación contributiva por desempleo o «paro», que es la prestación que el Ministerio de Trabajo a través del Servicio Público de Empleo Estatal – SEPE) te paga cuando cumples una serie de condiciones.

Con este seguro, que se puede pagar mes a mes (prima o cuota mensual) o de una sola vez (lo que se conoce como «prima única»), los bancos suelen garantizarse los pagos recurrentes que tengamos comprometidos como la hipoteca o un préstamo personal, en caso de irnos al paro o sufrir una incapacidad laboral temporal (por enfermedad común o profesional, por accidente de trabajo o no y por estar en un periodo de observación para enfermedades profesionales que requiera baja médica).

Cuánto cuesta el seguro de protección de pagos

El coste varía en función de la cuantía y el tiempo máximo que se pacte con el banco estar cubierto en caso de irse al paro o sufrir una ILT.

El coste de la prima será mayor si se pretende cubrir el 100% de la cuota hipotecaria o del préstamo y cuantas más mensualidades se desee estar cubierto, recibiendo esta «indemnización» si se cumplen los requisitos.

El límite máximo habitual de cuotas a cubrir por el seguro depende del banco pero suele ser de unos 12 meses consecutivos (o 36 cuotas alternas si no son consecutivas).

Requisitos que debes cumplir

Para que un seguro de protección de pagos te pueda cubrir sin problemas, lo primero es que te deben poder dejar contratarlo (recuerda que es el banco quien te obligará a suscribirlo en caso de que juzgue necesaria esa garantía adicional).

Documentos a aportar

Y además deberás aportar:

  • Contrato de trabajo indefinido y habiendo superado el período de prueba y llevar más de seis meses en la empresa de forma ininterrumpida;
  • La jornada laboral de tu trabajo debe ser completa (es decir no te cubrirán si tienes «minijobs»;
  • Tendrás que ser mayor de 18 años;
  • La indemnización se cobrará sólo en el caso de despido improcedente (es decir que la empresa te eche sin poder alegar un motivo de despido).

Exclusiones

Son exclusiones de estos seguros:

  • El despido procedente (por extinción del contrato de trabajo por voluntad unilateral del empresario, basada en un incumplimiento contractual grave y culpable del trabajador).
  • La dimisión del trabajador (pides la baja voluntaria al empresario y te marchas sin más).
  • Se termina tu contrato laboral.
  • En caso de no finalizar un período de prueba.
  • Te jubilas de forma anticipada.

Unos datos más

Recuerda que el propósito de estos seguros es tu protección (y la de tu capacidad de atender la cuota mensual del préstamo), en caso de perder un trabajo o caer enfermo y dejar de ingresar dinero.

Contratarás el seguro con una aseguradora, la del banco y esto hará que las condiciones de tu préstamo (hipotecario o personal) sean algo mejores.

Podrás optar por pagar una prima única, que se sumará al importe total solicitado del préstamo (con lo cual no te enterarás tanto del coste del seguro porque quedará diluido en el total solicitado) o una prima mensual.

Podrás asegurar el 100% de tu cuota mensual o una parte de ella (el 80%, el 50% etc.). El beneficiario del seguro no serás tú sino el banco.

Puede, por último, haber una franquicia de un mes a la hora de pagar la indemnización al beneficiario (o sea que la primera cuota la podrás tener que pagar tú).

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

Esta entrada tiene 9 comentarios

  1. Rosaline

    tengo credito el la caixabank pagando mensual y como puedo saber si lleva protecciòn de pagos?

    1. Consumoteca

      Hola Rosaline

      Aparecerá en las condiciones de contratación que firmaste.

      Un saludo

  2. Liz

    Buenos dias,
    Mi nombre es Liz y tengo la siguiente pregunta, firme un contrato con el Banco en agosto del 2018 y para ello contrate una poliza de pagos protegidos y me cubre en caso de desempleo.
    El prestamo tenia ademas un año de carencia de cuotas por ello la primera cuota que empece a pagar fue en agosto del 2019. Asi que di de alta el siniestro en septiembre del 2019 y ellos empezaron a pagarme la cuota del prestamo (solo me han pagado 5 meses de los 12 que dice la poliza) pero desde enero de 2020 no me pagan porque me dicen que como se ha cumplido un año en el paro no me cubren mas.
    Yo les he abierto reclamación porque les he dicho que el seguro dice que cubre 12 cuotas consecutivas y solo me han pagado 5, pero ellos dicen que como de enero 2019 hasta agosto 2018 no he pagado nada ellos tampoco tiene porque pagar nada mas.
    Me pueden ayudar con esto, es asi?? El seguro puede no pagarme mas cuotas asi este aun en paro?
    Muchas gracias

  3. Fernando

    Buen dia como estan, mi pregunta es que una Financiera me presta 4,000. Dolares y me pide que compre un seguro de protección Total de pago con un costo de 322. Dólares
    Pero no se donde comprarlo
    Me pueden ayudar

  4. Priscila

    Buenas noches!

    Estamos próximos de firmar una hipoteca con BBVA. Una de las condiciones que nos ponen BBVA para cumplir las bonificaciones es contratar un seguro de protección de pagos con BBVA Seguros. Me lo venden como un seguro de vida asociado a una hipoteca, pero son bastante herméticos con la información que nos facilitan acerca de las condiciones y cláusulas del mismo.

    Según la información que he recabado en Internet los seguros de protección de pagos son más caros que los seguros de vida… Pero mi pregunta es la siguiente, el seguro de protección de pagos también incluye la cobertura por defunción? Sé que son artimañas bancarias… Pero que puedo hacer?

    Gracias por adelantado!

    1. Consumoteca

      Hola Priscila, tienes derecho a que te informen de las condiciones de ese seguro de protección de pagos, incluyendo sus coberturas, que suelen ser por incapacidad ILT que por defunción. No sé si te han dado ya la FIPRE que debe recoger las vinculaciones del préstamo hipotecario. Si no lo han hecho pídela, es tu derecho:
      https://www.consumoteca.com/economia-familiar/ficha-de-informacion-precontractual-fipre/#Partes_de_la_FIPRE

      Intenta que sea una prima anual y que no se amplíe la cantidad a pedir de hipoteca para incorporar el importe del seguro de protección de pagos de todos los años que dure la hipoteca (prima única). Mucho mejor negociar el pago anual porque no sabes si podrás amortizar o cancelar anticipadamente esa hipoteca en menos años que los previstos.

      Luego, antes de la firma, te deben dar la FIPER
      https://www.consumoteca.com/economia-familiar/ficha-de-informacion-personalizada-fiper/

      Un saludo

  5. Cristina

    Hola, me hicieron un seguro de protección de pagos obligatorio para concederme la hipoteca, de 4.500 euros prima única, que se abonó con el importe del prestamo hipotecario concedido. La cuota era de 950 euros fijos en caso de contingencia.

    Al aplicar la anulacion de la clausula suelo que era con Abanca mi cuota bajó a 730 euros, el seguro lo utilice por IT de cancer.

    Mi pregunta es? Al aplicar la clausula suelo y bajar la cuota mientras que el importe de la prima unica se baso en una cuota con clausula suelo, puedo reclamar algo?
    Muchas gracias anticipadas

  6. Maria Jose Sampedro

    Estoy pidiendo un préstamo fuera del banco y me piden contratar un seguro de protección de pagos por el 20% del préstamo aprobado en estos momentos. Estoy en paro, ¿lo puedo contratar igual?

    1. Consumoteca

      Hola, María José

      La entidad financiera, aunque estés en paro, pretende asegurarse el cobro del préstamo en caso de que, dios no lo quiera, tu situación económica empeore (aún más).

      Importante que valores lo que la letra pequeña esconde en estos seguros de protección: lo que realmente cubren y no cubren, si cubren el 100% de la cuota periódica de tu préstamo o solo una parte y durante cuánto tiempo. Vaya a que realmente te cobren un producto (bien caro, si es el 20% del préstamo) que no te cubre al final, si por lo que fuera dejases de pagar.

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