Los tatuajes y piercings están cada vez más de moda y como se trata de técnicas que requieren perforar la piel con agujas o punciones u otros instrumentos con resultado de la coloración permanente de la misma, están sometidos a una normativa estricta en asuntos como la formación de los profesionales, la información al usuario y los requisitos que deben cumplir las instalaciones.
La normativa asturiana* de requisitos higiénico-sanitarios de estos negocios exige a los locales de tatuajes:
Un área de trabajo bien iluminada, separada del resto del establecimiento, con lavamanos de accionamiento no manual equipado con agua corriente caliente y fría, jabón líquido y toallas de un solo uso o secador automático.
Las paredes de dicha área deberán estar alicatadas, paneladas o pintadas sin solución de continuidad con pintura impermeable de fácil limpieza. El resto de los paramentos, asimismo, permitirán una fácil limpieza y desinfección. Los suelos del área de trabajo serán de un material impermeable que garantice su limpieza y desinfección.
El área de trabajo contará con una camilla o sillón para usuarios, recubierto con una sabanilla limpia o papel continuo desechable exclusivo para cada uso.
Un área de recepción e información: se destinará a las relaciones comerciales con la persona usuaria.
Un área de espera: debe permitir la comodidad de las personas usuarias.
Las áreas de recepción e información y de espera podrán coincidir en la misma dependencia, compartiendo un espacio físico común.
Un área de limpieza, desinfección, esterilización y almacenamiento.
Los locales deberán disponer de espacio adecuado para las actividades de limpieza, desinfección, esterilización y almacenamiento del material desinfectado y estéril, fuera de las zonas utilizadas por el público.
Esta área podrá estar integrada en la de trabajo o en otra independiente siempre que los procedimientos y las condiciones de limpieza, orden y seguridad sean adecuados. El área de esterilización se considerará zona de acceso restringido al público general.
Un aseo, que deberá estar provisto de inodoro y lavamanos con agua corriente caliente y fría y los elementos higiénicos necesarios.
* Decreto 141/2010, de 27 de octubre, por el que aprueba el Reglamento por el que se establecen los requisitos higiénico-sanitarios de las actividades de tatuaje, micropigmentación, perforación u otras técnicas similares de decoración corporal (BOPA de 17 de noviembre de 2010).
Entonces las conveciones de tatuaje son ilegales???.
Voy a poner una denuncia en las instituciones Europeas de este asunto para que las prohíban.