Facua pide denunciar a quienes incumplan la ley del tabaco

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Restaurante-gente

La asociación de consumidores Facua ha creado una formulario web de recogida de denuncias de particulares por irregularidades a las autoridades sanitarias para que realicen las pertinentes inspecciones (Facua y ley del tabaco).

Prohibición de fumar en hostelería

La novedad más destacable que incorpora la modificacion de la Ley del tabaco es la prohibición de fumar en todos los establecimientos de hostelería.

Facua hace un llamamiento a los responsables de estos locales que asuman y hagan cumplir la norma al tiempo que pide a los fumadores comprensión con las nuevas restricciones establecidas en la Ley ya que su objetivo es proteger los derechos de los no fumadores.

Además Facua reclama a las autoridades sanitarias que intensifiquen las inspecciones para garantizar el cumplimiento de la Ley y apliquen las sanciones previstas en la misma a las empresas, organismos o particulares que la vulneren.

Mejor la sensibilización que la denuncia

Para Consumoteca, en materia de consumo no se debe recurrir a la vía de la denuncia contra el incumplidor si antes no hay sensibilización. Es cuestión de madurez el que una sociedad afronte como pernicioso el tabaquismo y lo erradique.

Pero recurrir a la denuncia es un derecho y caso una obligación de los usuarios reconocido por normas jóvenes y modernas como el Código Catalán de Consumo*. Este Código, publicado en el Boletín oficial de esa Comunidad el pasado 23 de julio habla en su artículo 311 del deber de «Cooperación de las personas consumidoras«:

1. Las personas consumidoras tienen el derecho y el deber de cooperar, de forma individual o por medio de las organizaciones que las representan, con las administraciones públicas encargadas de velar por el cumplimiento de la legislación en materia de protección de las personas consumidoras.

2. El medio de cooperación es la denuncia o cualquier otro admitido en derecho para la protección de las personas consumidoras.

Este mismo artículo 311 habla de las denuncias en materia de consumo:

1. Las personas consumidoras, de forma individual o por medio de las organizaciones que las representan, tienen el derecho de formular y presentar denuncias a los organismos administrativos competentes en materia de consumo.

2. Por medio de la denuncia se comunican a la administración competente en materia de protección de las personas consumidoras unos hechos, circunstancias o acontecimientos que pueden vulnerar la normativa de consumo.

Normativa relacionada

Es normativa del tabaco que hemos tocado en este post:

* Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña (ver online).

Eva Tamames

Soy una abogado con ejercicio en Madrid con muchos años de experiencia en el derecho de recuperaciones. He trabajado para varios de los más grandes bancos de este país, en su área de recuperaciones. En la actualidad ejerzo la abogacía en el ámbito de la violencia de género. Creo que Consumoteca es un proyecto participativo que tiene que ocupar un gran vacío entre la información de las empresas por un lado, y la de las asociaciones e instituciones de consumo. En medio no hay nada, y mucho menos, nada que sea participativo, terreno que están ocupando Blogs y contenidos poco elaborados de baja factura.

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