Según el DRAE, el Huevo es un:
“cuerpo redondeado, de diferente tamaño y dureza, que producen las hembras de las aves o de otras especies animales, y que contiene el germen del embrión y las sustancias destinadas a su nutrición durante la incubación. En lenguaje corriente, se aplica al de gallina, especialmente destinado a la alimentación humana.“
El capítulo XIV del Código Alimentario español trata sobre los huevos y sus derivados, y dice que con la denominación genérica de huevos se entiende única y exclusivamente los huevos de gallináceas. Los huevos de otras aves se designarán indicando además la especie de que procedan.
Según la norma europea*, se entienden por “huevos”, los huevos de gallina con cáscara, aptos para el consumo humano en estado natural o para su utilización por las industrias de alimentación, con exclusión de los huevos rotos, los huevos incubados y los huevos cocidos.
* Reglamento (CEE) nº 1907/90 del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativo a determinadas normas de comercialización de los huevos (Diario Oficial de la Unión Europea, 06 de Julio 1990).
Fuente:
Instituto de Estudios del Huevo
http://www.institutohuevo.com
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Instituto de Estudios del Huevo
http://www.institutohuevo.com