Registro General de Empresas y Entidades Turísticas

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Registro General de Empresas y Entidades Turísticas

En materia de turismo y restauración, el Registro General de Empresas y Entidades Turísticas es un Registro autonómico (las normativas autonómicas lo llaman de otras formas similares) en el que se inscriben, con carácter obligatorio, todas las empresas y entidades de alojamiento, restauración, intermediación y oficinas de turismo públicas o privadas.

También se inscriben con carácter voluntario aquellas que prestan servicios o desarrollan actividades turísticas o complementarias y las asociaciones y entidades que representan intereses empresariales del sector turístico.

Depende de Turismo

El Registro está adscrito a la Dirección General de Turismo de la Comunidad Autónoma, y es público y gratuito. Además se presume que el contenido de sus inscripciones es exacto y válido.

La inscripción en el Registro es requisito indispensable para acceder a las subvenciones y ayudas económicas previstas en los planes de promoción y fomento del turismo en las Comunidades Autónomas.

El cese de la actividad de una empresa turística hay que notificarlo a la Dirección General de Turismo.

Datos que se inscriben

Según la normativa de la Comunidad de Madrid (Decreto 94/2002)*:

1. Los asientos del Registro constarán de los siguientes datos:

a) Número de registro.

b) Tipo de establecimiento.

c) Nombre y apellidos del titular (persona física) o razón social (persona jurídica).

d) Domicilio.

e) NIF o CIF.

f) Nombre comercial.

g) Fecha de autorización turística u otorgamiento de título-licencia.

h) Cualquier otro dato que contribuya a una mejor identificación de la empresa o entidad turística.

2. En el caso de inscripción de agencias de viajes se hará constar, asimismo:

a) Número de sucursales autorizadas con sus domicilios correspondientes.

b) Marca comercial, si es diferente de su nombre o razón social, acompañando la correspondiente certificación registral.

Normativa autonómica

Andalucía

  • Resolución 1 de octubre de 2001 de la Dirección de Planificación Turística por la que se crea en el Registro de Turismo de Andalucía la sección denominada “Asociaciones, Fundaciones y Entes cuya finalidad sea el fomento del Turismo”.
  • Resolución de 13 de febrero de 2002, de la Dirección General de Planificación Turística, por la que se crean diversas secciones en el Registro de Turismo de Andalucía.
  • Decreto 35/2008, de 5 de febrero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de turismo de Andalucía.

Aragón

  • Decreto 23/1985, de 14 de marzo, de la Diputación General de Aragón, por el que se crea el Registro de Empresas y Actividades Turísticas y se regula su funcionamiento.

Canarias

  • Decreto 75/2005, de 17 de mayo, por el que se regula el Registro General de Empresas y Actividades y Establecimientos Turísticos, así como el sistema de información turística y se aprueba el sistema informático que les da soporte.

Castilla y León

  • Orden de 20 de enero de 1988, de la Consejería de Fomento, por la que se crea el Registro de Empresas y Actividades Turísticas existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Comunidad de Madrid

  • Decreto 94/2002, de 6 de julio, por el que se regula el Registro General de Empresas y Entidades Turísticas.

Comunidad Valenciana

  • Ley 3/1998, de 21 de mayo, de la Generalitat, de Turismo de la Comunitat Valenciana. (DOCV núm. 3.248, de 22 de mayo).

Extremadura

  • Decreto 53/2000, de 8 de marzo, por el que se regula el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas.

Galicia

  • Decreto 82/1987, de 26 de marzo por el que se crea el Registro de empresas y actividades turísticas de la Comunidad Autónoma Gallega.

Navarra

  • Decreto Foral 502/2003, de 25 de agosto, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Turismo de Navarra.
  • Orden Foral 190/2004, de 18 de junio, del Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, por el que se regula el procedimiento de inscripción en el Registro de Turismo de Navarra de Establecimientos, Empresas y Entidades Turísticas.

País Vasco

  • Decreto 199/2003, de 2 de septiembre, por el que se crea el Registro de Empresas Y establecimientos Turísticos del País Vasco.

Principado de Asturias

  • Decreto 35/2003, de 30 de abril, por el que se regula el Registro de Empresas y Actividades Turísticas.

Fuente:
http://www.feaav.org

* Registro General de Empresas y Entidades Turísticas se rige por el Decreto 94/2002, de 6 de junio, por el que se regula el Registro General de Empresas y Entidades Turísticas

Eva Tamames

Soy una abogado con ejercicio en Madrid con muchos años de experiencia en el derecho de recuperaciones. He trabajado para varios de los más grandes bancos de este país, en su área de recuperaciones. En la actualidad ejerzo la abogacía en el ámbito de la violencia de género. Creo que Consumoteca es un proyecto participativo que tiene que ocupar un gran vacío entre la información de las empresas por un lado, y la de las asociaciones e instituciones de consumo. En medio no hay nada, y mucho menos, nada que sea participativo, terreno que están ocupando Blogs y contenidos poco elaborados de baja factura.

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