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  Guías prácticas Publicado el 23/04/2010 - 23:48  

Qué es y para qué sirve el Registro General de Empresas y Entidades Turísticas

Por Eva Tamames  |    Colabora |    1188 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook

La normativa estatal que regula los establecimientos turísticos de restauración data de 1965

Bar de pueblo

En materia de turismo y restauración, el Registro General de Empresas y Entidades Turísticas es un Registro autonómico (las normativas autonómicas lo llaman de otras formas similares) en el que se inscriben, con carácter obligatorio, todas las empresas y entidades de alojamiento, restauración, intermediación y oficinas de turismo públicas o privadas, y con carácter voluntario aquellas que prestan servicios o desarrollan actividades turísticas o complementarias y las asociaciones y entidades que representan intereses empresariales del sector turístico.

El Registro está adscrito a la Dirección General de Turismo de la Comunidad Autónoma, y es público y gratuito. Además se presume que el contenido de sus inscripciones es exacto y válido.

La inscripción en el Registro es requisito indispensable para acceder a las subvenciones y ayudas económicas previstas en los planes de promoción y fomento del turismo en las Comunidades Autónomas.

El cese de la actividad de una empresa turística hay que notificarlo a la Dirección General de Turismo.

Datos que se inscriben
Según la normativa de la Comunidad de Madrid*:

1. Los asientos del Registro constarán de los siguientes datos:

a) Número de registro.

b) Tipo de establecimiento.

c) Nombre y apellidos del titular (persona física) o razón social (persona jurídica).

d) Domicilio.

e) NIF o CIF.

f) Nombre comercial.

g) Fecha de autorización turística u otorgamiento de título-licencia.

h) Cualquier otro dato que contribuya a una mejor identificación de la empresa o entidad turística.

2. En el caso de inscripción de agencias de viajes se hará constar, asimismo:

a) Número de sucursales autorizadas con sus domicilios correspondientes.

b) Marca comercial, si es diferente de su nombre o razón social, acompañando la correspondiente certificación registral

* Registro General de Empresas y Entidades Turísticas se rige por el Decreto 94/2002, de 6 de junio, por el que se regula el Registro General de Empresas y Entidades Turísticas


etiquetas: Alimento, Bar, Cafetería, Contaminación cruzada, Derecho de admisión, Establecimiento turístico, Factura, Guías de prácticas correctas de higiene, Higiene de los alimentos, Hoja de reclamaciones, Hotel, Manipulación de alimentos, Precio, Restaurante, Usuario turístico,
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