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  Guías prácticas Publicado el 26/08/2009 - 10:49  

Las cafeterías, tipología y derechos de los usuarios

Por Redacción  |    Colabora |    3665 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook

El acceso a las cafeterías es libre, quedando prohibida cualquier práctica discriminatoria injustificada

Imagen de una cafetería

Las cafeterías son establecimientos en los que se sirven al público, mediante precio, platos fríos y calientes, simples o combinados, además de helados, batidos, refrescos, infusiones y bebidas en general, principalmente en la barra o mostrador y a cualquier hora, dentro de las que permanezca abierto el establecimiento.

Derechos de los usuarios

-Acceso libre:
El acceso a las cafeterías es libre, quedando prohibida cualquier práctica discriminatoria injustificada. Dentro de las cafeterías está prohibido consumir comidas o bebidas, salvo las que sirva el propio establecimiento y también la venta ambulante (flores, mecheros, “top manta”, etc.),

-Cartas:
Existen unas reglas mínimas que hay que cumplir al respecto. Las cartas consignarán de forma clara y por separado el precio de cada servicio, incluso el de aquellos cuyo valor pueda sufrir fuertes fluctuaciones.

Serán redactadas obligatoriamente en español. Si el local fuera de primera categoría o categoría especial, también estarán en francés e inglés.

La carta de platos, se exhibirá tanto en el interior como en el exterior de los locales, y se entregará al cliente en el momento en que se soliciten los servicios, indicando la fórmula para calcular el precio del plato combinado de la casa, que siempre incluirá el pan y el vino. En otra hoja independiente, se indicará su composición y precio.

-Precios:
Los precios serán globales (finales o definitivos), por lo que se entenderá que en ellos están comprendidos el importe del servicio, el porcentaje destinado al personal y cuantos impuestos, arbitrios y tasas estén legalmente autorizados. Esta última circunstancia se hará constar, además, en el texto de las cartas.

-Justificante de pago:
Se entregará al cliente, cuando lo exija, un justificante del pago efectuado, en el que se indiquen los distintos conceptos y sus precios respectivos.

-Seguridad y ruidos:
En todas las cafeterías se instalarán maquinaria y útiles de refrigeración, calefacción, elevadores y cámaras frigoríficas, cualquiera que sea el sistema de funcionamiento, de tal modo que se eviten los ruidos y vibraciones, dotándolos de la máxima seguridad. Estará garantizada la ventilación directa o forzada en todas las dependencias. Además, se dispondrá de aparatos protectores contra incendios y el personal deberá estar instruido sobre las medidas a tomar en caso de siniestro.

Categorías de cafeterías
La ley prevé tres categorías de cafetería: de categoría especial (Tres tazas), de primera (Dos tazas) y de segunda (Una taza).
Se informará del tipo de categoría de la cafetería en el exterior del establecimiento, así como en la propaganda impresa, en las cartas y en las facturas.

-Cafeterías de categoría especial:
 Deben reunir, como mínimo, las siguientes condiciones:

-Entrada para los clientes independiente de la del personal de servicio,
-Guardarropa, teléfono, calefacción y refrigeración,
-Servicios sanitarios independientes para señoras y caballeros, con agua caliente y fría en los lavabos,
-Decoración y mobiliario en armonía con el rango del establecimiento,
-Cubertería, vajilla y cristalería de gran calidad, menaje de primera calidad, fuente de sopa, cafetera express y plancha,
-Cámara frigorífica, office con fregaderos y local para almacén,
-Barra o mostrador, adecuados tanto a la categoría como a la capacidad del establecimiento,
-Vestuarios y aseos independientes para el personal masculino y femenino.
-El personal, debidamente uniformado de acuerdo con el rango del establecimiento, será el adecuado para garantizar un servicio rápido y eficiente.

-Cafeterías de primera categoría:
 Deben reunir, como mínimo, las siguientes condiciones:

-Entrada para los clientes independiente de la del personal. En su defecto, durante las horas en que el establecimiento esté abierto el establecimiento a la clientela, los proveedores de mercancías no utilizarán el mismo acceso,
- Teléfono y calefacción,
-Servicios sanitarios, independientes para señoras y caballeros, con agua caliente y fría en los lavabos,
-Cubertería, vajilla y cristalería de calidad, cafetera express, fuente de sopa, planchas y cámara frigorífica,
-Fregaderos y local para almacén y menaje de buena calidad,
-Barra o mostrador, adecuados tanto a la categoría como a la capacidad del establecimiento,
-Vestuarios y servicios sanitarios independientes para el personal masculino y femenino,
-El personal, debidamente uniformado de acuerdo con el rango del establecimiento, será el adecuado para garantizar un servicio rápido y eficiente.

 -Cafeterías de segunda categoría:
 Deben reunir, como mínimo, las siguientes condiciones:

-Teléfono,
-Servicios sanitarios independientes para señoras y caballeros,
-Cubertería inoxidable, vajilla y cristalería en buen estado de conservación, cafetera express y plancha,
-Cámara frigorífica, fregaderos y menaje de calidad,
-Barra y mostrador, adecuados a la capacidad del establecimiento,
-El personal, uniformado, será el adecuado para un servicio rápido y eficiente.


etiquetas: Establecimiento turístico, Venta ambulante, Top manta,
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