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Viajar en tren con una mascota puede ser una aventura si previamente no conocemos nuestros derechos y los derechos de los demás usuarios. En el caso del tren, sorprende que no existe una norma clara que regule estos derechos, limitándose RENFE a decir que se podrá viajar “siempre que no se opongan el resto de los viajeros”.
¿Se puede? Sí, según www.renfe.es, se permite el transporte en el tren de pequeños animales domésticos siempre que no se opongan el resto de los viajeros, a razón como máximo de un sólo animal por viajero.
Qué animales y cómo Se entiende por mascota cualquier pequeño animal doméstico (perros, gatos, hurones y aves (no de corral), cuyo peso máximo no exceda de 6 Kg.).
Los animales deben ir provistos de la "guía de sanidad", siempre dentro de una jaula, cuyas dimensiones máximas no superen 60 x 35 x 35 cm., y que dispongan de algún dispositivo que permita contener y retirar los residuos.
El dueño se debe hacer responsable de las molestias y daños que pueda ocasionar el animal.
Coste El importe a abonar será el 50% del billete a Tarifa General del tren y clase correspondiente en el que se efectúe el viaje, no pudiéndose acoger a otras tarifas o descuentos.
En AVE existe la posibilidad que la jaula del animal ocupe una plaza. En este caso, se aplicará la Tarifa General o de Ida / vuelta en la clase que corresponda.
Según RENFE (septiembre 2009), “en breve se podrán adquirir billetes para animales de compañía por internet, hasta ese momento es preciso obtener los mismo en estaciones o agencias de viajes”. |