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  Guías prácticas Publicado el 23/01/2010 - 00:25  

Los taxímetros de los taxis: qué dice la ley

Por Juan del Real  |    Colabora |    2257 Vistas |    3 Comentarios  |  Twitter Facebook

Los taxis deben disponer del correspondiente taxímetro situado en la zona derecha del salpicadero y de forma visible, verificado y precintado

Taxímetro

La normativa que regula el servicio de taxi (*) prevé varias garantías de medida y visibilidad que protegen a los usuarios en relación con el precio que se les cobre.

El taxímetro debe verse bien, de día y de noche
Los taxis deben disponer del correspondiente taxímetro situado en la zona derecha del  salpicadero y de forma visible, verificado y precintado por la Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía.

El aparato taxímetro dispondrá de una instalación de alumbrado que deberá encenderse al bajar su bandera, para que los pasajeros puedan observar el resultado de su funcionamiento, quedando prohibida a los conductores apagar la luz referida antes de que el pasajero abandone el vehículo.

Si la tarifa a satisfacer por el usuario fuera superior a la marcada por el aparato taxímetro (por subidas o complementos autorizados con posterioridad), deberá el conductor exhibir al usuario el documento acreditativo del aumento (sellado y firmado por el ayuntamiento), siempre que aquél lo requiera.

Bajada de bandera
El aparato taxímetro entrará en funcionamiento al bajar la bandera, indicando la cantidad inicial a abonar.

En caso de repostaje, avería o accidente, interrumpirá la continuidad del contador provisionalmente durante el tiempo de aquéllos u otros motivos no imputables al usuario, debiendo poder dicho aparato, después de resuelto el incidente, volver a funcionar sin necesidad de proceder de nuevo a bajar la bandera.

Rotura de precinto
El taxista o propietario del taxi deberá comunicar de inmediato a los servicios técnicos de su ayuntamiento, si por cualquier causa el precinto del aparato taxímetro hubiera sido roto, no pudiendo prestar servicio hasta tanto no se proceda al reconocimiento verificación y nuevo precintado por la Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía y la oportuna comprobación por los servicios técnicos del ayuntamiento.

El incumplimiento de este requisito será motivo de la sanción correspondiente de acuerdo con la normativa.

Libreta de verificación
El vehículo llevará la libreta de verificación en la que figurará el nombre del concesionario, número y marca del aparato taxímetro, así, como el diámetro de las ruedas y tarifa vigente.

Antes de poner el vehículo en servicio, después de realizado el precintado del aparato taxímetro, se efectuarán por los servicios técnicos del ayuntamiento una serie de pruebas (examen de prueba kilométrica, ensayo horario, en el tiempo mínimo necesario).

(*) Reglamento nacional de los servicios urbanos e interurbanos de transportes en automóviles ligeros.


etiquetas: Autorización BTP, Ayuntamiento, Taxi, Taxista, Taxímetro, Usuario del taxi,
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taximetro
rita (vigo) | 23 octubre 2011 | 13:53
Hola.Si llamo a un taxi y tarda en llegar es legal que intente cobrar el trayecto hasta que llega donde el cliente? Podría estar dando vueltas antes de llegar para facturar más.

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El taxista no puede bajar bandera hasta conocer el destino
Eva (Consumoteca) (Madrid) | 14 noviembre 2010 | 22:21
Antonia No te deben cobrar nada si tú no has pedido el taxi y estaba en una parada, hasta que le digas el destino. Ese es el momento de empezar a facturar. La Ordenanza Reguladora del Servicio Urbano de Transportes en Automóviles Ligeros en el Municipio de Granada dice: Artículo 47. Cuando un Auto-taxi se encuentre circulando en situación de "LIBRE" y un cliente haga una señal para detenerlo, el conductor deberá parar el vehículo en el lugar apto más próximo, retirando el letrero de "LIBRE" y poniendo el contador en punto muerto, sin que pueda proceder a poner en funcionamiento el mecanismo de éste (bajada de bandera) hasta reanudar la marcha para comenzar a cumplir el servicio que se le encomiende Artículo 62.-1.- Tendrán la consideración de faltas leves: a) Bajar la bandera antes de que el usuario indique el punto de destino. Te recomendamos denunciar en el área de taxi del Ayuntamiento de Granada (siempre que te hayas quedado con un recibo en el que aparezca la licencia del taxi en cuestión, o al menos la matrícula del coche). Consorcio Instituto del Taxi del Area Metropolitana de Granada informacion@granada.org Recuerdos a la Alhambra desde Madrid

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mrs.
antonia estrella (granada) | 14 noviembre 2010 | 21:21
Si yo cojo un taxi en una parada de taxis, sin haberlo llamado previamente, cogerlo porque estaba estacionado esperando viajeros, ¿es legal que cuando yo me suba el taxímetro no esté a cero si no marcando ya más de 1€?

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