Si el taxista olvida poner el contador, corre de su cuenta el recorrido efectuado
La normativa local del taxi indica que si el conductor olvidara poner en funcionamiento el contador al iniciar un servicio, será de su exclusiva cuenta lo devengado hasta el momento de advertir la omisión cualquiera que fuera el recorrido efectuado, a menos que el pasajero esté dispuesto a abonar la cantidad que de común acuerdo convengan.
En este caso, más que convenir, el taxista impuso su criterio así que, aunque no hizo nada no regulado, sí se valió del desconocimiento del usuario para imponer su criterio y convenir una cifra por éste, que no tuvo más que aceptar.
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