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En materia de telecomunicaciones, una portabilidad es la petición por parte de un usuario (abonado) a su compañía de telecomunicaciones (telefonía o Internet), de, con arreglo a su derecho, solicitar el traslado de su línea a otro operador de telecomunicaciones, manteniendo su número telefónico.
Todos los usuarios del servicio telefónico tenemos derecho, previa solicitud, a conservar el número que nos hayan asignado. Las compañías de telefonía móvil no se pueden negar a donar la numeración a otro operador a menos que ocurra alguno de los siguientes supuestos:
Que en la solicitud de portabilidad haya algún dato erróneo o incompleto, hasta que se subsane el error,
Que exista ya una solicitud previa de portabilidad,
Que la tarjeta SIM del teléfono que queremos portar haya sido denunciada por robo o pérdida,
Que la numeración no corresponda al operador donante,
Por imposibilidad técnica.
Por causas de fuerza mayor.
Tanto el operador donante como el operador receptor en la portabilidad deben informar al abonado si existe algún tipo de incidencia con su portabilidad.
El plazo previsto por la legislación vigente para que se tramite una portabilidad de un teléfono móvil es de 5 días hábiles desde el momento que el usuario firma la solicitud.
Fuentes: Elaboración propia y www.usuariosteleco.es |