Tienes derecho a elegir el medio de pago habitual del tráfico comercial que más te convenga
Sí, conforme a la normativa vigente, los usuarios tienen derecho a elegir el medio de pago de entre los utilizados comúnmente en el tráfico comercial, lo cual incluye al menos un medio alternativo a la domiciliación bancaria. Además, ese derecho debe figurar en el contrato.
Por lo tanto, en el contrato figurará al menos un medio de pago alternativo a la domiciliación bancaria.
Si no tienes el contrato a mano, recuerda que estás en tu derecho, no sólo cuando contratas sino en cualquier otro momento de la vida de tu contrato, de solicitar a tu compañía de móviles que te envíe una copia a tu domicilio sin coste para ti. Si lo pides por teléfono, no olvides solicitar un número de referencia para tu petición de manera que si el contrato no llega lo puedas reclamar con el citado número de referencia.
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Recomendamos recurrir a las instituciones de defensa de los consumidores para solucionar problemas concretos.