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  Preguntas frecuentes Publicado el 5/02/2010 - 15:35  

¿Puedo utilizar medios de pago distintos de la domiciliación bancaria para pagar mi móvil?

Por Redacción  |    Colabora |    648 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook

Tienes derecho a elegir el medio de pago habitual del tráfico comercial que más te convenga

Billetes de euro

Sí, conforme a la normativa vigente, los usuarios tienen derecho a elegir el medio de pago de entre los utilizados comúnmente en el tráfico comercial, lo cual incluye al menos un medio alternativo a la domiciliación bancaria. Además, ese derecho debe figurar en el contrato.

Por lo tanto, en el contrato figurará al menos un medio de pago alternativo a la domiciliación bancaria.

Si no tienes el contrato a mano, recuerda que estás en tu derecho, no sólo cuando contratas sino en cualquier otro momento de la vida de tu contrato, de solicitar a tu compañía de móviles que te  envíe una copia a tu domicilio sin coste para ti. Si lo pides por teléfono, no olvides solicitar un número de referencia para tu petición de manera que si el contrato no llega lo puedas reclamar con el citado número de referencia.

Fuente:
Elaboración propia y
www.usuariosteleco.es


etiquetas: Abonado, Cobertura, Comisión del Mercado de Telecomunicaciones, Compromiso de permanencia, Consumoteca, Internet, Medio de pago, Oficina de atención al usuario de telecomunicaciones, Operador de telecomunicaciones, Operador telefónico, Portabilidad, Proveedor de acceso, Reclamación, Servicios de tarificación adicional, Servicio universal, Telefónica, Venta a distancia,
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