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Las facturas que los operadores de telefonía fija tienen que remitir a sus clientes tendrán el siguiente grado de detalle:
1. En primer lugar, deben diferenciar los cargos por el servicio telefónico de los de cualquier otro servicio (por ejemplo, servicios de tarificación adicional, adquisición de aparatos, etc.).
2. Dentro del servicio telefónico, el nivel de detalle incluirá la identificación separada de los siguientes elementos:
El período de facturación.
La cuota mensual fija.
Otros cargos mensuales fijos.
Cualquier cuota fija no recurrente.
Datos agregados por grupos tarifarios (llamadas metropolitanas, nacionales, internacionales, a móviles y a servicios de tarificación adicional), indicando el número de llamadas habida en el período facturado, el número de minutos y el coste de cada uno de los grupos.
Total facturado e impuestos indirectos (IVA).
Importe total de la factura, impuestos incluidos.
En relación con el desglose de las llamadas, deberá incluirse detalle de todas las llamadas facturadas, salvo las de bajo coste (ver más abajo). Para cada llamada se indicará:
Número llamado.
Fecha y hora de la llamada.
Duración de la llamada.
Tarifa aplicada.
Coste total de cada llamada.
Quedan excluidas de la obligación de desglose las llamadas de bajo coste, que serán:
Llamadas metropolitanas.
Llamadas de tarifa en horario normal inferior al equivalente de 3 céntimos / minuto.
Llamadas de tarifa en horario normal inferior a 20 céntimos / llamada.
Las llamadas gratuitas no deben aparecer en la factura.
Fuente: Elaboración propia y www.usuariosteleco.es |