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El plazo máximo para que Telefónica, como empresa obligada a prestar el “servicio universal” para todos los usuarios atienda tu petición es de 60 días desde la solicitud de alta.
En caso de no poder realizar dicha alta en plazo, Telefónica deberá compensar al usuario eximiéndole del pago de tantas cuotas mensuales de abono equivalentes al número de meses o fracción de ellos en que se haya superado dicho plazo.
Un ejemplo Es decir que si tarda cuatro meses y medio en instalarnos un teléfono fijo desde nuestra solicitud, nos deberá “regalar” la cuota mensual de abono de los dos primeros meses y la del tercer mes cobrarnos sólo la mitad.
La normativa no establece un plazo máximo para el resto de operadores telefónicos, si bien dicho plazo debe figurar obligatoriamente en el contrato. Por lo tanto, cuando contrates el servicio de alta de un teléfono fijo con otro operador telefónico que no sea Telefónica, no olvides preguntar por el plazo a que se compromete y que figure por escrito en el contrato, ya que es el único plazo al que se encontrará obligado el operador.
Obviamente, si el operador se compromete en mucho más de 60 días a instalarnos un teléfono fijo será mejor pensárselo y contratarlo con Telefónica, quien no debe por ley tardar más de eso sin tener que indemnizarnos por todo retraso a partir del día 60 desde nuestra petición.
Fuente: Elaboración propia y www.usuariosteleco.es |