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Los abonados que deseen conservar su número de teléfono fijo (por ejemplo, con Telefónica) dándose de alta con otro operador de telefonía fija (por ejemplo Ono), deben solicitarlo al nuevo operador, llamado operador receptor (Ono en nuestro ejemplo) mediante una solicitud de portabilidad.
Esta solicitud de portabilidad es un documento que incluye ya la petición de baja con el antiguo operador (el operador donante), Telefónica en nuestro ejemplo, por lo que no es necesario solicitársela.
Aunque el nuevo operador nos diga lo contrario, es muy conveniente siempre informarle de cualquier producto que tuviéramos comprometido con el operador donante (por ejemplo algún paquete de minutos en llamadas) porque, actualmente las compañías telefónicas alegan que no ha habido “baja administrativa”, para entender que con la portabilidad (baja técnica), no se da la baja en el servicio y pueden seguir facturando al abonado, aunque ya no esté con ella.
El abonado titular de la línea debe firmar cada una de las tres copias de solicitud de portabilidad que le facilitará el operador receptor: una es para el operador donante, otra es para el operador receptor y la tercera la mantendrá el propio abonado (Telefónica, Ono y el abonado en nuestro ejemplo, respectivamente).
La normativa que regula el procedimiento y requisitos para la portabilidad de número telefónico es el “Reglamento sobre acceso a Redes y Numeración” y las “Especificaciones técnicas” aprobadas por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, tanto para red fija como para red móvil.
Fuente: Elaboración propia y www.usuariosteleco.es |