|
El roaming o itinerancia es la práctica habitual de las compañías de telecomunicaciones de varios países de acordar prestar servicio a sus clientes respectivos cuando se encuentran fuera de sus países de origen y desean hacer llamadas telefónicas vía móvil, enviar mensajes SMS o utilizar internet desde el móvil (navegar, bajar fotos, música, vídeos, etc.).
La tarifa extra que la compañía de móviles repercute a la compañía de origen del usuario por permitirle utilizar su red telefónica cuando este está en el extranjero, nos la repercute a nosotros nuestra compañía de móviles vía una tarifas más caras, cuyos límites superiores están regulados*.
Tipos de roaming Las tarifas de itinerancia o roaming distinguen entre el emisor de las llamadas y el receptor (roaming emitido y roaming recibido).
Por ejemplo, si enviamos un SMS desde el extranjero a nuestro país nos cobrarán una sobretarifa por el servicio que una compañía extranjera hace para llevar nuestro mensaje a su destinatario en nuestro país de origen. Ese coste está limitado desde el 1 de julio de 2009 a 0,11 € / SMS mientras que no nos pueden cobrar nada si recibimos un SMS estando en el extranjero.
Desde el 1 de julio de 2009, y con importantes revisiones anuales, la Comisión Europea ha establecido límites máximos al coste de las llamadas, sms y datos hechos en itinerancia gracias al Reglamento (CE) Nº 544/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2009 por el que se modifican el Reglamento (CE) no 717/2007 relativo a la itinerancia en las redes públicas de telefonía móvil en la Comunidad y la Directiva 2002/21/CE relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas. |