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El sector de las telecomunicaciones (telefonía fija, móvil, Internet y la IP TV) es uno de los más conflictivos por la complejidad tecnológica y el desconocimiento de los usuarios de sus derechos y de cuestiones técnicas.
Por ello, la administración de telecomunicaciones reconoce a todos los usuarios finales de servicios de comunicaciones electrónicas, con independencia del operador con el que contraten, una serie de derechos, como el de disponer de un contrato en el que figuren las condiciones que se le aplican, el derecho a darse de baja en cualquier momento, el de ser indemnizado en caso de interrupción del servicio, o el de recibir facturación detallada, entre muchos otros.
Estos derechos se detallan en el Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios:
-Todos los usuarios finales deben disponer de una guía telefónica gratuita en papel
- Todos los usuarios finales deben poder tener una conexión fija a la red telefónica pública
-Todos los usuarios finales deben poder acceder al teléfono a un precio asequible
-Los usuarios telefónicos tienen derecho a la protección de datos y al secreto de las comunicaciones
-Los usuarios de telecomunicaciones tienen derecho a derecho a celebrar y resolver contratos
-Los usuarios de telecomunicaciones tienen derecho a hacer llamadas gratuitas de emergencia
-Los usuarios de telecomunicaciones tienen derecho a cambiar de operador en cualquier momento
-Los usuarios de telecomunicaciones tienen derecho a información veraz, eficaz, suficiente, transparente y actualizada
-Los usuarios de telecomunicaciones tienen derecho a reclamar
-Los usuarios de telecomunicaciones con discapacidad tienen derecho a comunicarse
El BOE de 30 de mayo de 2009 publicó el Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la Carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, una versión ampliada de los anteriores derechos de 2005. |