Publicidad Publicidad 12 meses de Spa Gratis  
  Consumoteca, consumidores bien informados
¿Qué es Consumoteca?

Qué es Consumoteca

¿Qué es Consumoteca?
Sube tus contenidos

Blog de consumo

Sube tus contenidos
Consume bien informado   Consume bien informado
 
Blog |  Índice A-Z
 
     
  en Buscar  
   
  Top búsquedas
Pago contra-reembolso, Microorganismo patógeno, Principio activo, Enfermedad transmisible, Cartera de clientes, Concesión administrativa, Daño emergente,
     
  Estás en > Inicio > Servicios Públicos > Consumo
 

Alimentación

Bienestar y salud

Casa y jardín

Comercio

Economía familiar

Electrodomésticos

Electrónica

Familia y Consumo

Motor

Ocio y Deporte

Profesionales

Servicios Públicos

Suministros

Telecomunicaciones

Transporte

Turismo y viajes

 

Etiquetas

 
   



  Diccionario Publicado el 19/02/2012 - 10:39  

Consejo Extremeño de los Consumidores

Por Redacción  |    Colabora |    206 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook

El Consejo es la voz de los consumidores con las administraciones extremeñas

Consejo Extremeño de los Consumidores bellotas extremeñas

El Consejo Extremeño de los Consumidores, es un órgano colegiado de representación y participación en materia de consumo, integrado por representantes de las organizaciones de consumidores y usuarios de Extremadura.

Funciones
El Consejo Extremeño de los Consumidores tiene las siguientes funciones:

 Instar para que las distintas Administraciones Públicas y organizaciones privadas promuevan y organicen actividades en defensa de los derechos básicos de los consumidores.

 Proponer a las Administraciones Públicas extremeñas cuestiones de interés para los consumidores y usuarios extremeños.

 Solicitar información y fomentar la cooperación recíproca en materia de consumo con la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Administración General del Estado y las Corporaciones Locales de la Región.

 Asesorar a la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura sobre todos los problemas de consumo (acciones en materia de protección y de información de los consumidores) a instancia de la Administración Autonómica o por propia iniciativa.

 Fomentar el diálogo entre las Asociaciones de consumidores y otros Agentes Económicos y Sociales, en temas relacionados con la defensa de los consumidores

 Promocionar la conciliación y el arbitraje.

 Conocer e informar con carácter previo y preceptivo a la adopción de disposiciones generales que afecten directamente a la protección y defensa de los intereses de los consumidores.

 Colaborar, a solicitud del Instituto de Consumo de Extremadura, en la programación de la política para la defensa de los intereses de los consumidores.

 Proponer o designar el nombramiento de los representantes de las organizaciones de consumidores y usuarios de la Comunidad Autónoma en el Consejo de Dirección del Instituto de Consumo de Extremadura y, en defecto de régimen específico, en cualesquiera otros órganos dependientes o adscritos a las administraciones públicas donde tengan presencia esas organizaciones.

 Proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura la designación del Presidente del propio Consejo de Consumidores, la del Defensor de los Usuarios del Sistema Sanitario Público de Extremadura, y la de cualquier otra figura cuyo nombramiento sea encomendado reglamentariamente al Consejo Extremeño de los Consumidores.

 Desarrollar y aprobar su propio reglamento u otras normas de régimen interno.

 Promover y ejercitar cuantas acciones fomenten la información, la participación y, en general, la protección de los ciudadanos extremeños, en el ámbito del consumo.

 Debatir y aprobar los programas de actuación anuales y efectuar su seguimiento.

 Cuantas funciones le sean asignadas por otras disposiciones.

Composición y funciones
El Consejo Extremeño de los Consumidores estará compuesto por un Presidente, dos Vocales en representación de cada una de las Asociaciones de Consumidores de ámbito autonómico, legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de Consumidores de Extremadura, actuando uno de los cuales como Vicepresidente, y un Secretario.

Tienen derecho a formar parte del Consejo todas aquellas Asociaciones de Consumidores de ámbito autonómico, legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de Consumidores de Extremadura.

Tiene un Presidente. Vice-presidente y vocales elegidos de las asociaciones de consumidores y un Secretario del Consejo, que será un funcionario del Instituto de Consumo de Extremadura designado por su Presidente, que participará en las deliberaciones del Consejo con voz pero sin voto.

* Decreto 28/2012, de 10 de febrero, por el que se regula la composición y funcionamiento del Consejo Extremeño de los Consumidores. (DOE de 16 de febrero de 2012).

Esta nueva norma deroga el Decreto 79/2002, de 11 de junio, por el que se regula la composición y funcionamiento del Consejo Extremeño de los Consumidores.


etiquetas: Arbitraje de Consumo, Consejo de Consumidores y Usuarios, Asociaciones de consumidores,
lecturas relacionadas:


  Comentarios de más a menos recientes    Ver todos
    Sé el primero en comentar esta entrada

Añade tu comentario
 
Por favor escribe un comentario relacionado con esta palabra. Por respeto a los internautas no utilices palabras malsonantes, no difames, no faltes al respeto. Esta web se reserva el derecho a borrar los comentarios no relacionados, burdamente promocionales o ilícitos.
tu nombre: tu ciudad (si es fuera de España pon país):
tu e-mail: tu título:
tu comentario:
Para evitar el spam, por favor escribe en la ventana amarilla las siguientes dos palabras de forma literal, o pulsa en el icono de las dos flechitas para generar otras dos palabras distintas.
Deseo recibir una alerta de seguimiento por cada nuevo comentario.
He leido y acepto las condiciones para hacer comentarios
 


 

Newsletter

 
 
Enviar Formulario
Servicio ofrecido por FB
 
 

Blog

 
   

Se comenta...

magdelis en instrumentos fiables para realizar medición de calidad percibida
Ver todos


 
 
  © Consumoteca, 2009-2011 Quiénes somos | Aviso legal | Colabora | Publicidad | Prensa | Contacto   Twitter Facebook  
  Consumoteca.com y los contenidos de esta página son meramente informativos, limitados al ámbito del Estado español y no constituyen asesoramiento jurídico frente a un problema de consumo. Recomendamos recurrir a las instituciones de defensa de los consumidores para solucionar problemas concretos.