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  Guías prácticas Publicado el 18/04/2010 - 23:38  

Qué instalaciones de control y acceso deben incluir los parques acuáticos para poder operar

Por María  |    Colabora |    755 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook

Sólo Andalucía ha regulado las instalaciones de acceso y control que deben tener los parques acuáticos

Parque acuático al aire libre

Un parque acuático es todo recinto acotado, con control de acceso público, constituido por diversas atracciones recreativas acuáticas e instalaciones complementarias (cafeterías, restaurantes, tiendas, etc.), con independencia de su titularidad pública o privada o de su finalidad lucrativa o no.

De las distintas normas autonómicas que regulan los parques acuáticos específicamente (Andalucía, Islas Baleares, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana) sólo Andalucía ha regulado las instalaciones de acceso y control que deben tener estos parques acuáticos al aire libre.

En el Decreto 244/1998, de 28 de junio, que contiene el Reglamento de Parques Acuáticos al aire libre de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se establece que debe existir un espacio diferenciado, adecuadamente situado y diseñado a efectos de controlar el acceso de usuarios y visitante al recinto acuático.

En este espacio se debe:

 controlar la entrada de usuarios,

 despachar billetes,

 mantener una oficina de recepción que constituya el centro de información, y

 exponer en un lugar visible, información con los siguientes datos:

-condiciones de acceso,

-extracto de los derechos y obligaciones de los usuarios,

-horarios,

-las actividades acuáticas, sus condiciones de uso y sus limitaciones, y un plano de situación de las mismas,

-código de señales indicando el significado de las mismas y

-listas de precios.

Asimismo se establece que los parques acuáticos andaluces deben tener un libro de reclamaciones, y al menos cinco ejemplares del Reglamento de Parques Acuáticos al aire libre de Andalucía.


etiquetas: Aforo, Agente de la autoridad, Ayuntamiento, Colegio profesional, Comunidades Autónomas, Consumo, Consumoteca, Libro de reclamaciones, Parque acuático, Parque de ocio, Parque infantil, Reglamento de régimen interno, Restaurante, Usuarios, Zoológico,
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