Obligaciones de las gasolineras

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Gasolinera Cepsa Carrefour Express

«Obligaciones de las gasolineras». Fecha publicación: 15 mayo 2015. Última actualización: 14 marzo 2022.

Las gasolineras están obligadas a proporcionar a los usuarios un combinado de información y servicios que conviene conocer. Las distintas normativas autonómicas que las regulan, como la reciente de las Islas Baleares* regulan las distintas obligaciones genéricas que tienen sus propietarios, arrendatarios o responsables en relación al suministro.

Obligaciones de las gasolineras

Estas obligaciones incluyen mantener en correcto estado de funcionamiento y conservación los aparatos surtidores de gasolina y gasóleo. También están obligadas a mantener los aparatos o dispositivos de suministro de aire y, en su caso, de agua de la estación de servicio o unidad de suministro.

Otras obligaciones

También están obligadas a:

Mantenimiento de surtidores

Mantener en correcto estado de funcionamiento y conservación, conforme a las normas reguladoras de la materia, los aparatos surtidores de gasolina y gasóleo, los aparatos o dispositivos de suministro de aire y, en su caso, de agua de la estación de servicio o unidad de suministro.

Correcta metrología

Otra de sus obligaciones es la de vigilar la medición correcta del carburante suministrado por cada uno de sus surtidores.

Cuando algún surtidor efectúe mediciones fuera de la tolerancia permitida o esté averiado se suspenderá el suministro de combustible mediante el mismo.

Asegurar el abastecimiento a la población

Otra obligación, esta de organización, es la de garantizar el permanente abastecimiento y atender todas las peticiones de suministro que se formulen dentro del horario de apertura.

Seguridad de las instalaciones

Garantizar la seguridad de las instalaciones y su mantenimiento en correcta disponibilidad y funcionamiento, según las disposiciones específicas que regulen los equipos de extinción de incendios.

También velando en todo momento por el cumplimiento de las condiciones básicas de seguridad dentro de las mismas, tanto por parte del personal trabajador como por parte de los usuarios de las instalaciones.

No deben permitir que se fume o se enciendan cerillas o mecheros en la zona donde se suministre el combustible. Tampoco se permitirá el abastecimiento a vehículos con el motor en funcionamiento ni con las luces encendidas. Tampoco el uso de teléfonos móviles mientras se produzca el suministro en las zonas acotadas a dichos efectos.

Calidad de los carburantes

Finalmente, los responsables de las gasolineras deben asegurarse de la corrección de la calidad y cantidad correctas, ante el consumidor, de las gasolinas y gasóleos suministrados en sus instalaciones de venta.

Deben tomar las medidas precisas para que los productos servidos al usuario cumplan las especificaciones de calidad reglamentarias. En cualquier caso no será responsable de la cantidad del suministro si éste se realiza en régimen de autoservicio y el error es debido a causa exclusivamente imputable al consumidor.

Obligaciones de información

Información fuera de la instalación

Las gasolineras deben exhibir información práctica como el precio de la gasolina. Si quieres saber dónde están las más baratas, www.topgasolineras.es publica diariamente el precio de la gasolina.

¿Dónde va toda esta información? En un pilar informativo próximo a la instalación que sea legible sin tener que acceder a la misma, desde el interior del auto.

Estos pilares deben estar en los accesos a las gasolineras y tener una altura y un tamaño de letra mínimos regulados por ley. Su información debería ser legible desde el exterior sin necesidad de tener que entrar por parte de los consumidores:

  • Precios por litro de cada tipo de gasolina o gasóleo, horario de apertura, medios de pago aceptados y si funciona en régimen de autoservicio.
  • Si ocasionalmente no está disponible un tipo de suministro concreto se debe indicar con caracteres también legibles.
  • Normativas como la andaluza* exigen además, informar de los horarios de apertura y cierre, del PVP por litro para cada tipo de carburante, de la expresión «autoservicio» si lo son siempre o en determinados horarios (habrá que indicar cuales), las formas de pago posibles y el nombre y domicilio de la empresa responsable de la instalación.

Dentro de la instalación

Dentro de la instalación deben informar de:

  • Información del suministrador (Repsol, Galp, etc.), del propietario de la instalación (por ejemplo: «Hermanos Suministrez, S.L.»), y de los medios de pago aceptados, en caracteres legibles desde el vehículo.
  • Avisos de seguridad sobre: prohibición de fumar o encender fuego, y de repostar con las luces encendidas o con el motor en marcha en caracteres legibles desde el vehículo.
  • Advertir de la existencia de equipos o útiles de medida reglamentaria para la comprobación del suministro a disposición del consumidor en caracteres legibles desde el vehículo.
  • La ubicación y distancia de la gasolinera más cercana.
  • Informar de ello debidamente en caso de que haya que pagar previamente el suministro en caja por razones de seguridad.

En Andalucía**, la citada norma obliga a tener un cartel informativo, con unas medidas mínimas de 130 por 100 centímetros, a una altura no inferior a un metro y medio, en el que se indique:

a) Nombre o razón social del titular de la instalación y el número de inscripción asignado en el Registro Especial de Instalaciones Petrolíferas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) Medios y modalidades de pago admitidos. Si las instalaciones prestadoras del servicio establecieran, como medida de seguridad, el suministro de combustibles por un importe exacto para evitar el manejo de dinero en metálico para cambios o exigiesen el pago previo, se advertirá de tales medidas al consumidor.

La modalidad de prepago conllevará la colocación de una leyenda junto al lugar donde deba realizarse el pago, avisando sobre la conveniencia de ajustarse en la cantidad de combustible que se solicita en evitación de posibles devoluciones de dinero en caso de que lo abonado excediera de la capacidad del depósito del vehículo.

c) Horario de apertura y cierre de las instalaciones.

d) Modalidad del suministro: Atendido por el personal del establecimiento o en régimen de autoservicio.

e) Precio de los combustibles.

Obligaciones de suministro y servicio

Las gasolineras deben:

Atender, dentro del horario de funcionamiento de las instalaciones, todas las peticiones de suministro que se formulen por los usuarios. Esto es especialmente importante en las gasolineras en autoservicio, al menos en el horario diurno, ya que algunas normativas como la andaluza

«si se estableciera el sistema de autoservicio en el horario diurno, deberá haber en el establecimiento, al menos, una persona para atender la solicitud de suministro de combustible que pudiera formular algún cliente cuyas circunstancias personales le impidan o dificulten su realización«.

A este respecto, la normativa de Baleares dice que:

«Todas las instalaciones de venta al público de gasolinas y gasóleo de automoción contarán en la propia instalación mientras permanezcan abiertas y en servicio, al menos, con una persona responsable de los servicios que se presten en la misma, con el fin de garantizar el ejercicio de los derechos reconocidos en el presente decreto.».

También deben mantener el nivel adecuado de existencias que garantice el permanente abastecimiento y suministro, viniendo obligados a efectuar los pedidos con la antelación necesaria. La falta de previsión continuada podría ser motivo de sanción.

Deben disponer de medidores de presión de los neumáticos y mantenerlos en correcto estado de conservación y funcionamiento, dentro de los límites legales de tolerancia que marque la normativa de metrología.

Disponer de dispositivos de suministro de agua y mantenerlos en correcto estado de conservación y funcionamiento.

En las gasolineras en régimen de autoservicio, se debe disponer de guantes y papel en las inmediaciones de los surtidores que impidan el contacto directo de las manos de los usuarios con los surtidores.

Medidas de comprobación

En la norma más reciente de las Islas Baleares se dedica todo el artículo 6 a los instrumentos de control de las medidas de suministro a disposición del consumidor.

1. Con el fin de verificar la correcta medición y las cantidades de combustible suministradas, todas las instalaciones de suministro al por menor de gasolinas y gasóleos de automoción dispondrán, como utensilio de comprobación, de una botella recipiente de medida de diez litros de capacidad, sin perjuicio de los utensilios que en número, tipo y composición se establezcan en las normas metrológicas como necesarias para la verificación de los aparatos surtidores.

2. El recipiente de medida de diez litros anteriormente citado estará oficialmente certificado y calibrado, con la periodicidad que se establezca, para garantizar la fiabilidad de la medida.

3. Su composición tendrá que ser de material con resistencia mecánica y al ataque químico, totalmente transparente y graduado en mililitros, a efectos de poder determinar el cumplimiento de las normas metrológicas aplicables en cuanto a errores máximos tolerados en los aparatos surtidores.

4. El recipiente de medida estará a disposición de los usuarios y servicios de inspección de la Administración en todo momento.

Obligación de entregar factura

En las Baleares,

el suministrador estará obligado a extender factura o justificante acreditativo de los suministros efectuados a favor de aquellos usuarios que lo soliciten expresamente. La expedición y los datos de la factura o justificante acreditativo se ajustarán a lo dispuesto en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre , por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, o disposición que lo sustituya.

En el caso de emisión de factura, el usuario podrá exigir que en la misma se haga constar la matrícula del coche al que se realiza el suministro. Asimismo, estará obligado a entregar un documento acreditativo de las cantidades entregadas a cuenta en el régimen de prepago.

Obligaciones de comportamiento y seguridad

Los empleados de la gasolinera no podrán fumar ni encender mecheros en sus proximidades y tienen el deber de evitar que los usuarios lo hagan, o que repuesten con el motor encendido o las luces puestas.

Deberán además, mantener los equipos de extinción de incendios ajustados a la normativa vigente en cuanto a homologación, instalación y periodicidad de las revisiones, y a lo previsto en las disposiciones sobre condiciones de protección contra incendios en los edificios e instalaciones.

Normativa de gasolineras

  • ** Decreto 537/2004, de 23 de noviembre, por el que se regulan los derechos de los consumidores y usuarios en las actividades de distribución al por menor y suministro a vehículos de combustibles y carburantes en instalaciones de venta directa al público y las obligaciones de sus titulares (Andalucía).
  • * Decreto 31/2015, de 8 de mayo, por el que se regulan los derechos de las personas consumidoras y usuarias ante la actividad de venta al público al por menor de gasolinas y gasóleos de automoción en el territorio de las Illes Balears (BOCAIB de 9 de mayo de 2015).

Sigue leyendo todo sobre gasolineras en Consumoteca.

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

Esta entrada tiene 96 comentarios

  1. Felic

    Es obligatorio en todas las gasolineras, tanto de autoservicio. lowcost o cualquier gasolinera tener la posibilidad de pago en efectivo? porque si se te ha olvidado la tarjeta en casa y tienes dinero en efectivo, si voy a una gasolinera que solo admite pago con tarjeta, no deberían tener obligatoriamente el poder pagar con efectivo metálico, como se indica desde Marzo 2022 según Ley, que todos los establecimientos públicos deben dar la posibilidad a los clientes de elegir la forma de pago, esto es correcto? y se podría exigir a alguna gasolinera que no tenga esta posibilidad que le obliguen a ponerla en un futuro próximo ?

    1. Consumoteca

      Hola Felic

      Depende de cada Comunidad autónoma. Por ejemplo, en la norma de La Rioja se dice que se debe informar de los medios de pago admitidos sin entrar en cuáles:

      Artículo 3. Información al usuario en las instalaciones.
      Todas las instalaciones de venta al por menor de gasolinas y gasóleos de automoción estarán obligadas a exhibir al público, de modo permanente y de forma perfectamente visible, al menos en castellano, y en caracteres de un tamaño que permita su lectura desde el interior del vehículo:

      1. Un cartel informando sobre el precio de venta al público del litro de los diferentes tipos de gasolinas y gasóleos que se expendan. Las medidas mínimas del cartel serán 80 por 60 centímetros y estará situado a una altura no inferior a un metro y medio.

      2. Los medios de pago admitidos. Si las estaciones de servicio establecieran como medida de seguridad el suministro de combustibles por un importe exacto para evitar el manejo
      de dinero en metálico para cambios, se advertirá de tal medida al usuario mediante carteles situados en lugares visibles.

      Y en Baleares se debe informar de los «4. Medios de pago admitidos y modalidades y horario en el que se admite cada uno.»

  2. Felipe

    Hola buenos días,

    El otro día en una gasolinera autoservicio por error lamentable reposte gasolina en vez de Diesel, no estoy muy acostumbrado ni preparado por eso normalmente cuando puedo reposto en gasolineras atendidas por personal cualificado, pero creo que al descolgar la manguera seria de gran ayuda una locución que he oído en algunas gasolineras advirtiendo del tipo de combustible a usar, aunque alguien me ha dicho que esto ya es obligatorio para las estaciones de servicio, podrían confirmarme esto? a no ser así, podría solicitar a la gasolinera alguna indemnización por mi error?

    1. Consumoteca

      Hola Felipe no puedes solicitar una indemnización a la gasolinera por un error que has cometido tú.

      Sí podrías hacerlo si estuviera la manguera y el surtidos equivocados, que sería raro.

      De todos modos a mi también me paso y recuerdo que me dijeron en el taller que normalmente las boquillas de la gasolina equivocada no deberían caber en las tomas de los depósitos de nuestro coche (aunque a mí, y a ti también, eso no nos funcionó).

      Un saludo

  3. Iban

    Buenas tardes , el otro día me estaba cargando y meando siendo claro, aparte con el calor me quería refrescar, me dijo el personal de la gasolinera que si no consumía no podía entrar en el servicio, pues no me apetecía consumir nada, es legal prohibir la entrada en una gasolinera.
    Saludod

  4. Eduardo

    Te pueden cobrar 1o 2 euros por el echo de usar la máquina de inflar las ruedas o la manguera de agua . Es una de las cosas q me estraños cuando me acerque a echar gasolina y comprobar la presión de mis neumáticos antes de de salir con la moto de ruta

    1. Consumoteca

      Hola Eduardo

      Que sepamos, la normativa de gasolineras no entra en el detalle de si el servicio de pago o gratuito, aunque sí les obliga a que estén operativos.

      Por ejemplo, una norma reciente, la de Baleares (Decreto 31/2015, de 8 de mayo, por el que se regulan los derechos de las personas consumidoras y usuarias ante la actividad de venta al público al por menor de gasolinas y gasóleos de automoción en el territorio de las Illes Balears) dedica su artículo 2 a los servicios y en la letra a) dice que deben mantener en correcto estado de funcionamiento y conservación los aparatos de suministro de aure y el agua. Pero no dice si este servicio debe ser gratuito o no.

      Artículo 2 Prestación de servicios

      El propietario, arrendatario o responsable por cualquier título de la gestión y explotación directa de las instalaciones de estaciones de servicios y unidades de suministro será el obligado y responsable ante las personas consumidoras y usuarias de los suministros y servicios que preste. En concreto, será responsable de lo siguiente:

      a) Mantener en correcto estado de funcionamiento y conservación, conforme a las normas reguladoras de la materia, los aparatos surtidores de gasolina y gasóleo, los aparatos o dispositivos de suministro de aire y, en su caso, de agua de la estación de servicio o unidad de suministro.

      De hecho si hablas con gasolineros muchos te dicen que los aparatos de presión cuesta mucho mantenerlos por el uso continuado al que son sometidos o por usuarios poco cuidadosos, etc. Y eso hace que hayan tenido que subcontratar o delegar su gestión a empresas que cobran por el servicio.

      Un saludo

  5. Mónica

    Me encuentro cerrada una gasolinera a mediodía que tiene horario desde las 8:00h hasta las 22:00h, pero tiene tres carteles en la puerta con tres horarios diferentes. No pude repostar mi moto y la tuve que dejar allí porque no había otra gasolinera en menos de 20 kms y estaba en reserva. ¿Esto puede pasar?

  6. Alejandro Pizo

    Buen día
    Iva a tanquear mi carro con Diesel y el trabador de la bomba se equivoco y coloco gasolina , ¡ que debo hacer para que la bomba me responda y por ley en que me debe responder , mi carro es publico …. gracias

  7. Ral

    Buenas tardes,
    He estado en una gasolinera y pedí factura a nombre de la empresa pero se negaron a hacerla, solamente me dieron el ticket me dijeron que sería suficiente. Como podría denunciarlo, porque están obligados a hacer factura correct?

    1. Consumoteca

      Comprueba si no te han dado un tique que haga las veces de factura simplificada.

  8. María

    Buenas si compro una bombona de butano en una gasolinera y regreso a casa y cuando la pongo en el capuchón, está defectuoso y no puedo colocarlo, si regreso a esa misma gasolinera para que me la cambien por otra, deberían cambiarmela por otra ya que está no lo puedo usar y la necesito urgente por eso la compro allí, espero su respuesta gracias

    1. Consumoteca

      La respuestas es que sí, si está rota o no cumple su cometido, te la deben cambiar por otra qye funcione María.

      Para ello necesitarás aportar el tique de compra o justificante.

      Ellos a su vez la devolverán a su proveedor para que la arregle o quite de circulación.

  9. Ernesto

    Buenos dias, sabeis cual es la distancia minima actual entre gasolineras dentro de poblacion?????
    Muchas gracias!!!!!!

  10. Fco Javier

    Hoy hemos comprado una bombona de butano en REGASOIL y me he dado cuenta de que nos han cobrado 1,23 de servicio de venta de butano o sea la bombona nos ha costado 18,15€, pueden cobrarnos por servicio de venta de bombona?

  11. Alberto

    Hola! Cuando lavo mi vehiculo en los Boxes de lavado es autoservicio y el pago es con monedas directamente en la maquina. ¿ es obligatorio en este tipo de instalaciones que te den un justificante o factura simplificada?. He utilizado instalaciones de distintas marcas, y en ese tipo de maquinas y en ninguna sale ticket o factura, y en muchos que no son gasolinera, son desasistidas sin personal. Imagino que estaran exentos de dar factura por ley, porque de lo contrario la daria imediatamente despues de intri¡oducir el importe en monedas en el monedero. Gracias

  12. David

    En una gasolinera, quiero llenar el depósito de mi motocicleta. El dependiente me pide dejarle 50€ y un después me devolverá la diferencia. Estoy obligado ? Es legal ?

  13. Helena

    Hola, si yo voy a una gasolinera y pago antes de repostar la cantidad ejemplo 15 € y la trabajadora se equivoca de surtidor, y yo pongo mas es responsabilidad de la trabajadora de asumir la diferencia??????

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