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  Guías prácticas Publicado el 5/02/2010 - 23:14  

¿Qué hace la administración de consumo cuando recibe una hoja de reclamaciones de un consumidor?

Por Belén  |    Colabora |    2109 Vistas |    5 Comentarios  |  Twitter Facebook

Las hojas de reclamaciones se puede cursar presencialmente, por correo o bien a través de medios telemáticos

Establecimiento sujeto a la tenencia a disposición del consumidor de Hojas de reclamaciones

Las hojas de reclamaciones son impresos oficiales emitidos por las Comunidades Autónomas y estandarizados, que están obligados a tener a nuestra disposición por Ley, todas aquellas personas físicas o jurídicas que, en su caso, actúen en el marco de una actividad empresarial destinada a la comercialización de bienes o servicios para los usuarios o consumidores finales.

Una vez rellanada una hoja de reclamaciones, el establecimiento entregará al consumidor la hoja original (de color blanco) para que el usuario la tramite así como la copia verde (ejemplar para el consumidor), quedándose con la de color rosa.

¿Qué hace Consumo?
Una vez que la reclamación es recibida y registrada en el Organismo de Consumo (del Ayuntamiento, de la Comunidad Autónoma o el propio Instituto Nacional de Consumo), éste verificará que es el organismo competente para su tramitación y en su defecto, la trasladará al organismo competente informando al usuario de ello.

En caso de ser el organismo competente, comprobará que los hechos denunciados por el consumidor reclamante son materia de consumo y que la reclamación reúne todos los datos necesarios  para su tramitación.

En caso contrario, dará traslado al reclamante para que, dentro de un plazo determinado, subsane las deficiencias encontradas advirtiéndole que de no hacerlo se procederá al archivo de la reclamación.

La reclamación puede tramitarse de las siguientes maneras:

 A través de una mediación:
En este caso el organismo de Consumo tratará, por un lado, de que las partes (reclamante y reclamado) lleguen a una solución amistosa y por otro, de esclarecer los hechos que motivan la reclamación.

-La mediación podrá realizarse por escrito mediante el traslado de la reclamación al establecimiento reclamado, dándole un plazo para presentar alegaciones (plazo que suele ser de 15 días hábiles) así como, si propone solución alguna a las pretensiones del reclamante.

En ese plazo el reclamado podrá alegar lo que estime oportuno en su defensa así como aportar las pruebas que lo apoyen o proponer una solución al problema. Si la mediación no diera resultado a lo planteado por el consumidor, la administración dará traslado al reclamante de las alegaciones presentadas por la empresa o profesional reclamado informándole de que, la mediación ha dado resultado negativo, pudiendo acudir a la vía judicial si a su derecho conviene.

-La mediación también puede realizarse, cuando el organismo lo considere oportuno, mediante la personación de las partes convocadas al efecto, para tratar de llegar a un acuerdo mediante el acercamiento de posturas con la ayuda de un mediador neutral. En caso de que las partes lleguen a un acuerdo, este se reflejara en un acta que será firmada por ambas partes así como por el mediador que haya intervenido en el acto de la mediación.

 A través del arbitraje de consumo:
Si así el usuario, expresamente, lo solicita se dará traslado del asunto a la Junta Arbitral de Consumo que resulte competente.

El arbitraje es un procedimiento extrajudicial de resolución de conflictos en materia de consumo gratuito, voluntario y el laudo emitido por el presidente del tribunal arbitral tiene la misma eficacia que una sentencia judicial firme. 

Para que se celebre el arbitraje es necesario que ambas partes decidan someterse a su decisión (es voluntario). La resolución emitida (laudo arbitral) es de obligado cumplimiento para las partes, pudiéndose solicitar su ejecución en vía judicial en caso de que no se cumpla. Eso sí, el laudo cierra la posibilidad de acudir a la vía judicial. 

 A través de una inspección de consumo:
Si los hechos que motivan la reclamación son susceptibles de ser una infracción en materia de consumo, los servicios de consumo pueden iniciar la vía sancionadora de oficio.

Consecuencias de no disponer de hojas de reclamaciones
Las normativas autonómicas gradúan las diferentes sanciones por las infracciones en materia de consumo entre las que se encuentra el incumplimiento de la obligación de disponer de hojas de reclamaciones por parte de un profesional o comercio sometido a las mismas.

El Organismo de consumo con competencias en la materia podrá imponer multas a aquellos establecimientos que no cumplan esta obligación.


etiquetas: Arbitraje de Consumo, Comunidades autónomas, Comercio, Consumidor, Consumo, Hojas de reclamaciones, Inspección de consumo, Instituto Nacional de Consumo, Laudo arbitral, Vía extrajudicial,
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ETAM ...Encargada gritona y mal educada CC LA MAQUINISTA BCN
andres (Barcelona) | 6 abril 2012 | 01:57
Hola he ido con mi mujer a comprar en ETAM CC LA MAQUINISTA . y le hemos pedido una talla educadamente a la encargada y ella nos ha atendido de muy mala educación y sobre todo gritando.le hemos dicho que se quedaban sin clientes ya que mi novia hace 10 años que compra ahi y nos ha dicho que se la suda que mientras ella cobre le da absolutamente igual ......que clase de encargados hay en estas tiendas de toda la vida se sabe q el cliente tiene la razon pero hay gente PREPOTENTE que se cree q por que es encargada trata a los clientes como le da la gana hemos puesto una hija de reclamacion...si vais a este sitio conocereis a la encargada mucho cuidado con ella

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No compren en phoneHouse
ANA (RONDA) | 13 enero 2012 | 13:52
A finales de septiembre (2011 ) envié un movil (adquirido en el mes de mayo ) al servicio técnico ( dentro de garantia ) por mal funcionamiento ,a los 21 dias me lo devolvieron con un certificado de que estaba en perfecto estado.....estaba igual que habia ido; lo he enviado 4 veces más y sigue exactamente igual , cada vez que viene le cambian algo distinto.en el 5º envio he puesto una hoja de reclamación me han contestado que tengo razón y que me sustituirán el movíl por uno nuevo, pero claro , no me han dicho cuando............... Es una verguenza que un servicio técnico oficial permita que un articulo salga con" un certificado de calidad "en las mismas condiciones que entró en el mismo, y hasta que no se pone una hoja de reclamaciones nadie hace caso , ni nadie sabe nada.......... Como no me han dado fecha de entrega probable , para no pillarse los dedos, no puedo hacer nada, solo esperar que tengan el beneplácito de enviarmelo cuando ellos lo consideren oportuno.

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No compren nada en Worten
Nacho (Murcia) | 13 octubre 2011 | 22:25
El pasado 24 de agosto llevé a reparar un ordenador portátil en garantía a Worten (CC Nueva Condomina-Murcia), me dicen que en un mes estará reparado (no funcionaban los USB)que ellos me llamaran, para mi sorpresa el día 13 de octubre me persono en la tienda, ya que no me avisaban y me dicen que la avería no la cubre la garantía que debo pagarla, ya que que la avería es por mal uso del ordenador. Mentira, lo que pasa es que el compromiso con el cliente acaba al hacer la compra, son irresponsables y falsos. No recomiendo a nadie que compre en Worten. Por supuesto he cumplimentado hoja de reclamaciones.

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estafa en el taller
tony (murcia) | 3 febrero 2011 | 06:37
buenas,pues deje mi coche en el taller ara cosa de 2 semanas para k le pusieran un paragolpes delantero original de nissan,ya k yo no tube la culpa en el accidente,el seguro contrario se hacia cargo de la factura estando ya aprovada la reparacion el del tayer me dice k no tiene dinero para comprar el paragolpes,y me a traido uno pirata, k por supuesto me nege a k me lo montara,el del tayer ni corto ni perezosome insinua k le firme la conformidad de la reparacion(sin estar reparado)para k el cobre el dinero del seguro y segun el comprar mi paragolpes delantero,o la otra solucion k me da es k lo page yo y cuando el cobre me devuelbe los 300 euros del paragolpes.k podria hacer para k le exen mano a este sinverguenza???

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algo pasa en el parque de atracciones de madrid
jorge (madrid) | 10 octubre 2010 | 18:34
ya es la ssegunda hoja de reclamaciones que pido en el parque y ni caso siempre jodiendo, despues de pasar de mi por no tener un pulsera alegando que tenia que pedir otra para subir a la atraccion dias mas tarde no me quisieron dar esa pyulsera alegando que solo daban una por dia, esto es una situacion alarmante en el parque de atracciones de madrid mi mail es sr.bond@rocketmail.com

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