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  Normativa Publicado el 3/09/2010 - 15:39  

Normativa que regula las hojas de reclamaciones en Cataluña

Por Belén  |    Colabora |    730 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook

Las hojas de reclamaciones son hojas auto-copiativas integradas por tres ejemplares de diferentes colores

Establecimiento sujeto a la tenencia a disposición del consumidor de Hojas de reclamaciones

Las hojas de reclamaciones/denuncia son un medio que el Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, conjuntamente con los establecimientos, ponen a disposición de las personas consumidoras y usuarias para que puedan formular denuncias y reclamaciones allí mismo donde se produce el hecho que las motiva.

 

Normativa estatal

 Artículo 51 de la Constitución española (“Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios mediante procedimientos eficaces”).

 Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Cataluña
En Cataluña, las hojas de reclamaciones se rigen por la siguiente normativa:

 Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, Estatuto de Autonomía de Cataluña (artículo 12.1.5) (derogada)

 Ley 1/1990, de 8 de enero, sobre disciplina de mercado y defensa de los consumidores y usuarios (DOGC núm. 1243, de 17 de enero de 1.990)

 Decreto 171/1991, de 16 de julio,por el que se establece un modelo unificado de hojas de reclamación. (Derogado)

 Orden de 10 de diciembre de 1996
( A los mencionados establecimientos se añadieron otros)

 Decreto 70/2003, de 4 de marzo, por el que se regulan las hojas de reclamación/denuncia en los establecimientos comerciales y en la actividad de prestación de servicios (DOGC de 28 marzo 2003).


etiquetas: Comunidades autónomas, Comercio, Consumidor, Consumo, Hojas de reclamaciones, Reclamación,
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