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La Ley de protección de datos* reconoce una serie de derechos a los ciudadanos sobre sus datos personales en ficheros de toda titularidad (públicos o privados). Estos derechos son los de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos personales (también conocidos como derechos ARCO).
En qué consiste El derecho de acceso consiste en la facultad de una persona de conocer o interesarse por conocer los datos personales suyos en posesión de un responsable o titular de datos personales.
-Por tanto, no se puede solicitar información de terceros, y es por eso que debemos adjuntar una fotocopia de nuestro DNI.
Mediante el derecho de acceso, el particular solicita, siguiendo un procedimiento, información al titular o responsable del fichero de datos, sobre qué datos tiene y cómo los han obtenido.
Cómo se ejerce el derecho de acceso El ejercicio del derecho es personal de cada interesado quien se puede dirigir al responsable o titular de un fichero de datos (da igual que sean empresas u organismos públicos), de los que sepa, presuma o sospeche que tienen datos suyos.
Para ello, basta con dirigirse directamente al responsable del fichero en donde se encuentren sus datos personales, utilizando cualquier medio que permita acreditar el envío y la recogida de su solicitud para el ejercicio de sus derechos, acompañando copia de su D.N.I. e indicando el fichero o ficheros a consultar.
Plazos Si en el plazo de un mes desde la recepción de la solicitud de derecho de no tenemos noticias del responsable o titular del fichero, podemos reclamar a la Agencia Española de Protección de Datos adjuntando una copia de la solicitud cursada y de la contestación recibida (si existiera), para que ésta a su vez se dirija al responsable del fichero para que aclare la situación.
Límites al derecho de acceso La Ley también protege a los titulares de ficheros:
-Sólo se podrán solicitar nuestros datos personales en posesión del titular del fichero, no los de terceros;
-El derecho de acceso no puede ser ejercitado en intervalos inferiores a 12 meses, salvo que se acredite un interés legitimo.
Por tanto, si ya lo hemos solicitado hace menos de 12 meses, el titular del fichero podrá alegar que ya lo hizo y que no han pasado 12 meses desde la última vez que ejercimos ese derecho, para negarse a cursar de nuevo nuestra solicitud.
Fuente: Elaboración propia, LOPD y Web de la Agencia Española de Protección de Datos (https://www.agpd.es)
*Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). |