Tradicionalmente el domicilio mortuorio era el hogar del fallecido
En materia de servicios funerarios, el domicilio mortuorio es el lugar donde permanece el cadáver hasta el momento de ser conducido a su destino final.
A efectos legales se considera domicilio mortuorio además del domicilio donde se vela desde siempre al cadáver (la casa del difunto), la sala de vela, los velatorios o los tanatorios debidamente autorizados para operar.
Consumoteca.com y los contenidos de esta página son meramente informativos,
limitados al ámbito del Estado español y no constituyen asesoramiento jurídico frente a un problema de consumo.
Recomendamos recurrir a las instituciones de defensa de los consumidores para solucionar problemas concretos.