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La normativa europea que regula la seguridad de los juguetes dice en su artículo 11:
El marcado CE, el nombre y/o la razón social y/o la marca, así como la dirección del fabricante o de su representante autorizado o del importador dentro de la Comunidad, deberán ir colocados por regla general de forma visible, legible e indeleble bien sobre el juguete, bien sobre el embalaje.
En el caso de juguetes de tamaño reducido, así como en el de juguetes compuestos por elementos de tamaño reducido, estas indicaciones podrán asimismo ir colocadas sobre el embalaje, en una etiqueta o en un folleto. Cuando dichas indicaciones no vayan colocadas sobre el juguete, deberá llamarse la atención del consumidor sobre la utilidad de conservarlas.
Por tanto, si el juguete es pequeño, la etiqueta CE puede ir en el embalaje de los juguetes. |