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En materia de juguetes y seguridad de los juguetes, la marca CE (“Conformidad Europea”), es una declaración por parte de los fabricantes de juguetes o sus importadores, de que cada uno de sus juguetes en venta en Europa cumple la normativa europea de seguridad de los juguetes*, habiendo pasado pruebas de conformidad propias o por terceros.
La marca CE es obligatoria, y se creó para que fueran los propios fabricantes e importadores de juguetes los que asumieran el cumplimiento por parte de éstos de los estándares fijados por la Directiva 88/378/CEE del Consejo de 3 de mayo de 1988 relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre la seguridad de los juguetes.
Físicamente, la marca CE informa además de la identidad y dirección del fabricante del juguete y, si la verificación de cumplimiento de la normativa la ha realizado un tercero, de un número de identificación que permite asegurar la trazabilidad del juguete en caso de medidas urgentes (retirada del producto por inseguro tras un accidente, retirada cautelar hasta que se subsane tal deficiencia, etc.).
Más ampliamente, la marca CE se utiliza en una amplia gama de artículos (explosivos, aparatos médicos, básculas de baño, terminales de telecomunicaciones, etc.), haciéndose mención a ella y sus requisitos en las correspondientes Directivas europeas que regulan dichos productos.
Para asegurarse de que los fabricantes son rigurosos con el empleo de la marca CE, los Estados miembros, realizan periódicamente muestreos en laboratorios, para verificar que efectivamente cumplen los estándares fijados por su normativa de aplicación.
La marca CE debe ser fijada de forma visible, legible e indeleble. Si por la naturaleza del producto esto no fuera posible, la marca deberá ir en el embalaje.
En caso de utilización indebida del marcado CE, los Estados miembros impondrán sanciones.
* Directiva 88/378/CEE del Consejo de 3 de mayo de 1988 relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre la seguridad de los juguetes. |