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  Guías prácticas Publicado el 27/04/2010 - 23:52  

Los discapacitados y las personas incapaces y las familias numerosas

Por María  |    Colabora |    1309 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook

Familia numerosa es la integrada por uno o dos ascendientes con tres o más hijos, sean o no comunes

Discapacitado

Un discapacitado es según el Diccionario de la Lengua Española (DRAE) la “persona que tiene impedida o entorpecida alguna de las actividades cotidianas consideradas normales, por alteración de sus funciones intelectuales o físicas”.

En materia de consumo y familia, y sólo a efectos de la normativa de familias numerosas se considera discapacitado a aquel que tenga reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento.

Esta legislación de familias numerosas considera incapaz para trabajar a aquella persona que tenga reducida su capacidad de trabajo en un grado equivalente al de la incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.

Tanto las personas discapacitadas como las incapaces para trabajar, tengan la edad que tengan, tendrán la misma la misma consideración legal que los hijos, además de las personas sometidas a tutela o acogimiento familiar permanente o preadoptivo legalmente constituido.


etiquetas: Ascendiente, Comunidades autónomas, Constitución, Discapacitado, DNI, DRAE, Familia numerosa, Familia numerosa especial, Familia numerosa general, Libro de Familia, Título de familia numerosa,
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