Nueva Directiva europea de derechos de los consumidores

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El pasado lunes 10 de octubre de 2011 se aprobó la nueva Directiva europea sobre Derechos de los Consumidores por el Consejo de Ministros de la UE (directiva europea de derechos de los consumidores).

Esta nueva norma que entrará en vigor en los Estados miembros en un máximo de dos años desde su publicación en el boletín oficial europeo (DOCE), toca el tema de las compras por Internet y, en general, a distancia, entre consumidores y empresas (B2C).

También aborda las ventas fuera del establecimiento mercantil, y de forma más restrictiva para los comercios aunque beneficiosas para los consumidores, que las normas existentes actualmente.

Básicamente el consumidor europeo contará con mejor información sobre la compra a hacer (qué, cómo, a quién y en qué condiciones exactamente), antes de comprar, y una vez hecho su pedido, si se retrasa más de 7 días, podrá cancelar el pedido con derecho a devolución de cantidades.

Una vez recibida la mercancía contará con período para devolverla (derecho de desistimiento) sin tener que alegar nada de 14 días frente a los actuales 7 días como mínimo.

Doce nuevas mejoras para los consumidores

Te resumimos en doce puntos las novedades de esta normativa

Condiciones de entrega más exigentes

Si hasta la fecha un comercio podía demorar hasta 30 días en la entrega de un pedido hecho a distancia, a partir de la nueva norma, cualquier retraso en la entrega de más de siete días da derecho al consumidor a anular el pedido con devolución de cantidades abonadas.

Se acabarán los recargos encubiertos

Se van a acabar los gastos encubiertos que aparecen de repente en la factura, si antes no estaban explícitamente anunciadas en la página web, como garantías, recargos por usar un medio de pago etc.

Período de desistimiento ampliado a 14 días

El actual período mínimo de 7 días para pensárselo dos veces al cual tenemos derecho cuando compramos a distancia se va a ampliar a 14 días.

Con esta medida se pretende dar aún más confianza al consumidor cuando compra online.

Este período de desistimiento es un derecho a sin tener que alegar nada, poder devolver un pedido hecho a distancia (por Internet, móvil, catálogo, etc.).

Se acabarán las opciones de cajas prechequeadas en los formularios web

Esta práctica tan común de dar por supuesto nuestro consentimiento a recibir un newsletter de una web o autorizar un servicio adicional de pago en nuestra compra online (un seguro, una extragarantía etc), nos obligaba a «destickar» o «deseleccionar» esta casilla si no estábamos interesados (opt-out) y pronto será al revés (opt-in), el usuario interesado verificará la casilla oportuna.

Los consumidores que puedan demostrar que se les ofreció previamente aceptado sin su consentimiento un servicio de pago podrán exigir el reembolso del importe del mismo.

Otras mejoras

Los comercios deberán proveernos con el contrato en toda su extensión sin hacer remisiones a documentos terceros completos.

Las ventas fuera del establecimiento mercantil bajo técnicas de presión comercial y las hechas a distancia se someterán a la nueva normativa.

Se exigirá al comercio más transparencia informativa en cuanto a cualquier depósito o garantía que pueda ser exigida al consumidor con motivo de su contratación.

Nueva protección para transacciones hechas a través del móvil o cualquier dispositivo de pantalla reducida en las que este tamaño reducido se aprovecha por el comercio para resumir, extractar, o reducir las obligaciones y derechos del consumidor sobre la transacción.

Se tendrá que remitir al usuario a teléfonos 900 de información o a enlaces web donde se encontrará la información contractual completa (punto 5 anterior).

10. Creación de una lista negra de cláusulas contractuales abusivas en la UE.

Nueva protección en compras en subastas en toda la EU

El usuario podrá tener más garantías de quién vende y en qué condiciones y de que lo adquirido se corresponda con lo ofertado, que es el principal problema de los sitios de subastas.

Información sobre los derechos de los consumidores en el punto de venta

Se pretende paliar el general desconocimiento por parte de los compradores online de sus derechos más elementales como el del período de desistimiento.

Sectores excluidos

Se excluyen de esta nueva norma por su especificidad o por contar ya con su propia norma de protección de los consumidores sectores como el de los servicios financieros, la compra de propiedades en régimen de tiempo compartido, las ventas de bienes inmuebles, las máquinas de vending y los suministros (agua, gas, electricidad, etc.).

Más información (en inglés):
http://europa.eu/rapid/pressReleasesAction.do?reference=MEMO/08/609&format=HTML&aged=0&language=EN

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

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