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  Diccionario Publicado el 26/07/2010 - 23:07  

Derecho al acompañamiento sanitario

Por Eva Tamames  |    Colabora |    578 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook

Toda mujer tiene derecho durante el proceso de parto a estar acompañada por una persona de su confianza

Derecho al acompañamiento sanitario

En materia de servicios sanitarios, el derecho al acompañamiento sanitario es el derecho que tienen los pacientes a ser acompañados por otra persona durante su proceso asistencial en los centros sanitarios.

La norma (por ejemplo, la recién aprobada Ley 5/2010 en Castilla-La Mancha*) definen los tipos de pacientes con un derecho especial al acompañamiento sanitario:

 Los menores tienen derecho a estar acompañados por sus padres o tutores, salvo que ello perjudique u obstaculice su asistencia sanitaria. En las mismas condiciones, los incapacitados tienen derecho a estar acompañados por sus representantes legales.

 Las personas en situación de dependencia tienen derecho a estar acompañadas por un familiar o persona de su confianza, excepto en los casos y situaciones en que esta presencia sea desaconsejable o incompatible con la prestación sanitaria.

 Toda mujer tiene derecho durante el proceso de parto a estar acompañada por una persona de su confianza, salvo cuando las circunstancias clínicas no lo aconsejen.

Los centros, servicios y establecimientos sanitarios facilitarán el acompañamiento de los pacientes por un familiar o persona de su confianza, excepto en los casos y situaciones en que esta presencia sea desaconsejable o incompatible con la prestación sanitaria.

* Ley 5/2010, de 24 de junio, sobre derechos y deberes en materia de salud de Castilla-La Mancha (DOCM de 9 de julio de 2010).


etiquetas: Cirugía, Consentimiento informado, Derecho a la salud, Enfermedad, Enfermera, Historia clínica, Hospital, Medicamento, Medicina, Médico, Paciente, Profesional sanitario, Salud,
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