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En materia de salud y de derechos de los usuarios de servicios sanitarios, la autonomía de la voluntad del paciente es el derecho que tienen los pacientes de tomar decisiones sobre su propia salud, una vez que han recibido la información adecuada que les permita valorar la situación, derecho que es un deber para los centros y profesionales sanitarios.
La autonomía de la voluntad del paciente comprende la libertad:
para elegir de forma autónoma entre las distintas opciones que exponga el profesional sanitario responsable,
para negarse a recibir un procedimiento diagnóstico, pronóstico o terapéutico, así como
para poder en todo momento revocar una anterior decisión sobre su propia salud.
Derecho con límites El respeto a las decisiones adoptadas sobre la propia salud por un paciente no podrá en ningún caso suponer la adopción de medidas contrarias al ordenamiento jurídico, a los derechos de terceras personas y a la buena práctica clínica.
La autonomía de la voluntad del paciente está estrechamente ligada con el derecho previo a la información asistencial de los usuarios, y con el consentimiento informado.
Fuentes: Elaboración propia y Ley 5/2010, de 24 de junio, sobre derechos y deberes en materia de salud de Castilla-La Mancha (DOCM de 9 de julio de 2010). |