|
En materia de Derecho y contratación, las condiciones generales de un contrato (su condicionado, estipulado, o clausulado) son el conjunto de normas (condiciones, estipulaciones o cláusulas) que rigen la relación contractual entre los que lo firman.
Las condiciones generales regulan aspectos generales del contrato (su objeto, sus fechas de entrada en vigor y finalización, el precio, etc.) frente a sus condiciones particulares, que suelen hacer referencia al objeto del contrato en detalle: inclusiones, exclusiones, excepciones, etc.
A los contratos celebrados masivamente entre una compañía y sus clientes consumidores se le llama de adhesión porque se aplican a todos los contratos de un mismo tipo, ya que hacen referencia a cuestiones comunes a todos ellos, y por tanto no se pueden negociar.
La normativa de protección de los consumidores obliga a que la redacción de las cláusulas lo sea de forma clara y precisa.
Contratación electrónica En materia de contratación electrónica a través de Internet (venta online de productos o servicios), es de aplicación la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI), que dice en su artículo 27.4 (Obligaciones previas a la contratación):
"Con carácter previo al inicio del procedimiento de contratación, el prestador de servicios deberá poner a disposición del destinatario las condiciones generales a que, en su caso, deba sujetarse el contrato, de manera que éstas puedan ser almacenadas y reproducidas por el destinatario". |