En los productos vendidos a granel los comerciantes sólo deberá indicarse su precio por unidad de medida
Legalmente*, un producto vendido a granel es "aquel producto que no habiendo sido envasado previamente, se mide en presencia del consumidor", atribuyéndosele un precio de venta.
La normativa sobre indicación de precios dice que en los productos vendidos a granel los comerciantes sólo deberá indicarse su precio por unidad de medida, a diferencia del resto de productos (alimenticios o no), donde es obligatorio mostrar su precio de venta y su precio por unidad de medida.
* Real Decreto 3423/2000, de 15 de diciembre, por el que se regula la indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores y usuarios.
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