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  Guías prácticas Publicado el 26/11/2009 - 22:22  

Infracciones más comunes en relación con animales potencialmente peligrosos

Por Redacción  |    Colabora |    1775 Vistas |    1 Comentarios  |  Twitter Facebook

Abandonar un animal potencialmente peligroso es una infracción muy grave

Perro potencialmente peligroso

La posesión de animales salvajes en cautividad, en domicilios o recintos privados, constituye un potencial peligro para la seguridad de personas, bienes y otros animales.

Por ello, y ante la alarma por ataques de perros a finales de los años noventa, en 1999 se aprobó la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

Te recomendamos leer la entrada: Tenencia de animales potencialmente peligrosos: lo que debes saber. Y te resumimos a continuación las infracciones más comunes previstas por esta normativa y sus sanciones correspondientes:

Infracciones administrativas muy graves
Llevan asociadas multas de entre 400.001 pesetas y 2.500.000 pesetas (cuantías de 1999 que pueden haber sido revisadas posteriormente). Son infracciones administrativas muy graves:

-Abandonar un animal potencialmente peligroso, de cualquier especie y cualquier perro, tanto si va identificado o no,

-Tener perros o animales potencialmente peligrosos sin licencia,

-Vender o transmitir por cualquier título un perro o animal potencialmente peligroso a quien carezca de licencia,

-Adiestrar animales para activar su agresividad o para finalidades prohibidas, o por quien carezca del certificado de capacitación,

-Organizar concursos, ejercicios, exhibiciones o espectáculos de animales potencialmente peligrosos, o su participación en ellos, destinados a demostrar la agresividad de los animales.

Infracciones administrativas graves
Llevan asociadas multas de entre 50.001 pesetas y 400.000 pesetas (cuantías de 1999 que pueden haber sido revisadas posteriormente). Son infracciones administrativas graves:

-Dejar suelto un animal potencialmente peligroso o no haber adoptado las medidas necesarias para evitar su escapada o extravío,

-Incumplir la obligación de identificar el animal o de inscripción en el Registro,

-Hallarse el perro potencialmente peligroso en lugares públicos sin bozal o no sujeto con cadena,

-Transportar animales potencialmente peligrosos sin asegurar su bienestar ni la seguridad de las personas,

-Negarse o resistirse a suministrar datos o facilitar la información requerida por las autoridades competentes o sus agentes, en orden al cumplimiento de funciones establecidas en esta Ley, así como el suministro de información inexacta o de documentación falsa,

Las infracciones muy graves o graves podrán ser sancionadas con la confiscación, decomiso, esterilización o sacrificio de los animales potencialmente peligrosos, la clausura del establecimiento y la suspensión temporal o definitiva de la licencia para tenencia de animales potencialmente peligrosos o del certificado de capacitación de adiestrador.

Infracciones administrativas leves
Serán leves cualesquiera otras obligaciones de la ley que no sean graves o muy graves y llevarán asociadas multas de hasta 50.000 pesetas (cuantía de 1999 que puede haber sido revisada posteriormente).

Se considerarán responsables de las infracciones a quienes por acción u omisión hubieren participado en la comisión de las mismas, al propietario o tenedor de los animales o, en su caso, al titular del establecimiento, local o medio de transporte en que se produzcan los hechos, y en este último supuesto, además, al encargado del transporte.

Esta responsabilidad de naturaleza administrativa se entiende sin perjuicio de la exigible en las vías penal y civil.

En los supuestos en que las infracciones pudieran ser constitutivas de delito o falta, la autoridad competente podrá acordar la incautación del animal hasta tanto la autoridad judicial provea acerca del mismo, debiendo dar traslado inmediato de los hechos al órgano jurisdiccional competente.

Te recomendamos leer la entrada: Tenencia de animales potencialmente peligrosos: lo que debes saber.


etiquetas: Animal potencialmente peligroso, Animal de compañía, Ayuntamiento,
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esto no es justo
lourdes dorta dominguez (santa cruz de tenerife) | 4 mayo 2011 | 21:11
lo de hacerle un seguro a tu perro no me parece mal, ya que por muy bien educado que lo puedas tener es un animal y nunca se sabe la reaccion que pueda tener. Pero alguien me puede explicar por qué hay que pagar una licencia a tu ayuntamiento de 90€??. Que diferencia puede haber en tener esa licencia ante los daños que pueda ocasionar tu perro. Yo creo que esa tasa es absurda e injusta, solo un robo más de los ayuntamientos de cada municipio.

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