|
La posesión de perros potencialmente peligrosos en cautividad, en domicilios o recintos privados, constituye un potencial peligro para la seguridad de personas, bienes y otros animales.
Por ello, y ante la alarma por ataques de perros a finales de los años noventa, en 1999 se aprobó la Ley 50/1999*. Te resumimos a continuación lo que debes tener en cuenta antes de comprar de un perro potencialmente peligroso:
1.-Infórmate del paso que vas a dar, de la raza del perro que vas a adquirir y de su forma de comportarse, para ser consciente de los peligros que debes asumir a partir de ese instante,
2.-Acondiciona bien el lugar donde residirá el animal, evitando posibles fugas con consecuencias impredecibles,
3.-Solicita al vendedor el historial del perro de viva voz y por escrito,
4.-Infórmate en el registro autonómico centralizado (por ejemplo, en Andalucía se llama Registro Andaluz de Identificación Animal - RAIA) y/o en el del ayuntamiento donde reside actualmente el perro, de su licencia y su historial y contrástalo con el que te haya contado el vendedor.
Para ello, solicita una hoja informativa del perro del registro acreditando tu intención de comprarlo. En ella deben constar todos los datos del propietario y del animal, incluyendo su número de licencia, historial de posibles agresiones a otros animales o personas, y su situación sanitaria (incluyendo si ha sido esterilizado) y psicológica además de su adiestramiento.
Si los historiales de los puntos 3 y 4 no coinciden, entonces te están ocultando algo del perro y no te aconsejamos adquirirlo.
5.-Si el perro ha sido esterilizado anteriormente (por decisión de un anterior propietario u obligación de una autoridad administrativa o judicial), su transmitente deberá suministrarte la oportuna certificación veterinaria.
6.-Solicita la licencia de tenencia del perro potencialmente peligroso a tu ayuntamiento y exhíbesela al vendedor, ya que la ley le obliga a solicitártela, incurriendo en falta muy grave si te transmite el animal sin tú disponer de licencia,
7.-Solicita la cartilla sanitaria actualizada del perro, el cual debe estar perfectamente identificado,
8.-No olvides inscribir la transmisión del perro en el Registro de animales potencialmente peligrosos de tu ayuntamiento (tienes que hacerlo en un máximo de quince días desde la obtención de la licencia correspondiente para su tenencia),
9.-Si el perro va a recibir adiestramiento para fomentar su agresividad, exige al adiestrador un certificado de capacitación expedido u homologado por la autoridad administrativa competente (tiene en cuenta las instalaciones, la mayoría de edad, capacitación profesional, ausencia de antecedentes delictivos y psicológicos del adiestrador, etc.).
10.-No olvides que como propietario, debes mantener al perro en adecuadas condiciones higiénico-sanitarias, con los cuidados y atenciones necesarios de acuerdo con sus necesidades fisiológicas y características propias de su especie o raza y asegurado.
Debes también cumplir todas las normas de seguridad ciudadana, y pasearlo y transportarlo de conformidad con la normativa específica sobre bienestar animal y garantizando la seguridad de las personas, bienes y otros animales, durante los tiempos de transporte y espera de carga y descarga (con bozal y sujeto con cadena).
Consulta aquí las obligaciones de los propietarios de perros potencialmente peligrosos.
Normativa que regula los animales peligrosos * Normativa estatal:
Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos
Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos
¡Cave canem! |