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El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública que cubre riesgos de los que no se ocupan las aseguradoras privadas. Está adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y tiene dos funciones principales:
a) cubrir los daños producidos por riesgos extraordinarios (por ejemplo, un atentado terrorista, un terremoto o la quiebra de una aseguradora) siempre que existiera un seguro previo, y nuestra aseguradora se exima de cubrirlos; y
b) cubrir otros riesgos cuyo aseguramiento sea obligatorio y no quieran ser cubiertos por las compañías aseguradoras privadas (por ejemplo, el seguro obligatorio de automóviles y motocicletas) en el caso de conducción de motocicletas por jóvenes con poca antigüedad en el seguro.
Te mostramos a continuación todo lo publicado en Consumoteca sobre el Consorcio de Compensación de Seguros:
Qué es y para qué sirve el Consorcio de Compensación de Seguros
Qué riesgos cubre el Consorcio de Compensación de Seguros
Qué riesgos no cubre el Consorcio de Compensación de Seguros
Qué requisitos hay que cumplir para que te indemnice el Consorcio de Compensación de Seguros
El recargo del Consorcio de Compensación de Seguros en detalle
Normativa que regula el Consorcio de Compensación de Seguros
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