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España es el país de la Unión Europea que dispone de la mayor red de cajeros y terminales de punto de venta (fuente: Banco de España).
Cuando pagamos con cualquier medio de pago, el comercio tiene el derecho a confirmar que el medio es de curso legal, si se trata de billetes y monedas, o nuestra identidad, si pagamos con tarjeta bancaria o mediante un cheque o transferencia.
Este derecho del comercio a identificarnos es, además, una seguridad para los consumidores en caso de robo de nuestra tarjeta ya que no permitirá, en principio, poder utilizar la tarjeta suplantando nuestra identidad (salvo que nos hayan robado el DNI y/o lo manipulen).
Por tanto, el comercio debería como norma pedirnos junto a la tarjeta bancaria, identificarnos mediante un documento acreditativo (DNI, pasaporte, etc.), comprobar que coincidan el nombre del titular con el del documento, contrastar que somos nosotros los que aparecemos en la foto del documento y además, por último, comprobar nuestra firma en el recibo de pago con tarjeta con la de nuestro carnet de identidad.
Y por tanto también, malos consumidores somos si nos ofende que nos pidan identificarnos en cualquier compra con tarjeta bancaria. Es la obligación del comercio, y a nosotros sólo nos puede beneficiar. |