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  Diccionario Publicado el 29/09/2009 - 18:30  

Contrato de cuenta corriente

Por Redacción  |    Colabora |    1044 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook

Los contratos de cuenta corriente los emplean las instituciones de crédito en operaciones con otras instituciones de crédito

Imagen de usuaria sacando dinero de su cuenta corriente

El contrato de cuenta corriente es un acuerdo entre dos partes con relaciones comerciales frecuentes por el que ambas se comprometen a ir anotando el importe de las operaciones que hagan (que pasan a convertirse en partidas del Debe o el Haber), para liquidarlas todas juntas en la fecha que señalen.

Pueden pactarse estas cuentas corrientes entre empresas o particulares, pero donde más se usan es en las relaciones entre los bancos y sus clientes.

Las cuentas corrientes bancarias pueden ser de dos tipos:

-Una cuenta corriente de depósito es un contrato bancario por el que el titular puede ingresar fondos en una cuenta de un banco, o retirarlos total o parcialmente sin previo aviso. Pueden ser individuales, conjuntas, indistintas; y con interés o sin interés.

- En la cuenta corriente de crédito es el banco quien concede al cliente (acreditado) la posibilidad de obtener financiación hasta una cuantía establecida de antemano (límite del crédito).

Fuentes:
Wikipedia
www.matematicas-financieras.com


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