Cláusulas suelo: los bancos asumirán las costas judiciales

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Leemos en Europa Press que una reciente sentencia del Tribunal Supremo condena definitivamente a todos los bancos a asumir las costas que generen los pleitos de los consumidores en primera instancia y en la segunda instancia, conocida también como apelación. La imposición de costas judiciales en los procedimientos de nulidad de cláusulas suelo en hipotecas -en primera instancia y apelación- debe ser asumida por los bancos y no por los consumidores.

Qué son las costas judiciales

Las costas judiciales son los honorarios que cobran los abogados y procuradores en un pleito.

En todas las sentencias judiciales de cualquier instancia (primera, segunda, última instancia), el juez suele pronunciarse sobre si cada parte paga sus costas o si una de ellas, la condenada, debe asumir las costas de la otra.

Se dice que una parte es condenada en costas cuando debe asumir, además de lo que dicte la sentencia, los honorarios del abogado y el procurador contrario en esa instancia o todas ellas.

La Sentencia del TS

Este jueves el Tribunal Supremo se ha pronunciado  dando la razón a un consumidor en na demanda por cláusulas suelo contra Caixabank al entender que si el consumidor, a pesar de ganar el litigio en firme en el Tribunal Supremo, tuviera que pagar sus gastos en las instancias anteriores (primera y segunda instancia) «se produciría un efecto disuasorio inverso».

Y muchos de ellos evitarían promover el litigio al no salir a cuenta la devolución de lo cobrado indebidamente por la entidad bancaria.

La resolución incide en que cuando se hacen pagar al consumidor los gastos derivados de su defensa y representación ante los tribunales, pese a ganar el juicio, no se restablecen «la situación de hecho y de derecho a la que se habría dado si no hubiera existido cláusula abusiva, y por tanto el consumidor no quedaría indemne».

Además, termina la sentencia, «en suma, se produciría un efecto disuasorio inverso, no para que los bancos dejaran de incluir las cláusulas suelo en los préstamos hipotecarios sino para que los consumidores no promovieran litigios por cantidades moderadas».

Las cláusulas suelo

Ya hemos hablado varias veces del tema de las cláusulas suelo. Aquí te los resumimos para que lo tengas fresco (si no lo has sufrido en primera persona en tu hipoteca, claro está).

El 9 de mayo de 2013, el Tribunal Supremo declaró abusivas las cláusulas suelo de los bancos BBVA, NCG Banco y varias cajas rurales debido a su falta de transparencia.

El Alto Tribunal hizo hincapié en que los consumidores debían ser informados antes de contratar de que cuando el tipo de interés bajaba a determinados niveles, el préstamo se transformaría en un préstamo a interés fijo variable solo al alza y no se beneficiarán de las bajadas del índice de referencia (en general el Euríbor).

Además, el Supremo indicó que el consumidor debía ser informado de otros productos para que pudiera realizar una comparación y pudiera elegir después de tener un información suficiente.

Tras esta sentencia, el Supremo obligó a las tres entidades afectadas a eliminar de sus contratos las cláusulas examinadas “en la forma y modo en que se utilizan” y les prohibió usarlas en el futuro tal y como estaban contempladas en estos contratos.

El Supremo concluía que a partir de la fecha de la publicación de la sentencia del 9 de mayo de 2013 “no es posible ya la alegación de buena fe por los círculos interesados, pues esta sentencia abre los ojos y las mentes de las partes contratantes, pudiendo éstas indagar y esclarecer si las cláusulas suelo insertas en contratos de préstamo con tipo de interés variable, en principio lícitas, carecen de transparencia, no por oscuridad, sino por insuficiencia de información”.

Ejemplos de cláusulas suelo

Desde el año 2009 el Euribor fue bajando vertiginosamente pero a muchos de los clientes de los bancos no les bajaba la cuota de la hipoteca. ¿A qué se debió? A que había redactadas en los contratos una serie de cláusulas suelo que se activaron con la bajada del Euribor.

Esto hizo que muchos clientes de las entidades bancarias supieran que existía dicha cláusula suelo y de ahí las denuncias y sentencias judiciales indicando que no sabía de su existencia.

La asociación de consumidores ADICAE interpuso una importantísima demanda judicial, ganada en 2016, contra decenas de entidades. Ejemplos de cláusulas suelo (y techo) reales, que han sido declaradas nulas:

  •  Liberbank (Caja Castilla La Mancha): “El tipo de interés máximo amparado por la hipoteca, no será superior al 11% nominal anual, ni inferior al 4,50% nominal anual”.
  •  Liberbank (Cajastur): “No obstante todo los anterior, se conviene que durante la fase sujeta a interés variable, los tipos de interés nominal anual máximo y mínimo aplicables al préstamo serán del 2,95% y del 15% por ciento respectivamente, con independencia de que el tipo resultante por aplicación de las reglas de variabilidad …. sea inferior o supere los referidos límites”.
  •  Banco Pastor: “Las partes acuerdan que, a efectos obligaciones, el tipo resultante de la revisión del tipo de interés aplicable, sea éste el ordinario o el sustitutivo, no podrá ser inferior al 4,150% nominal anual ni superior al 12,5% nominal anual”.

¿Es legal la cláusula suelo?

La respuesta es difícil de dar. El Tribunal Supremo (STS 118/2012 de 13 de marzo, RC 675/2009) ha dictado que “no ha lugar a la retroactividad de las situaciones ya juzgadas ni los pagos ya efectuados con anterioridad” por varias razones: porque “las cláusulas suelo, en contra de lo pretendido por la demandante, son lícitas”, porque su inclusión en las hipotecas variables “responde a razones objetivas”, y “no se trata de cláusulas inusuales o extravagantes” y su “utilización ha sido tolerada largo tiempo por el mercado”.

Por tanto, la cláusula es lícita pero no será legal cuando se pueda demostrar su carácter abusivo y ello se hace cuando las entidades financieras no hayan informado debidamente de su presencia o cuando no se haya sido transparente a la hora de firmarse el préstamo hipotecario.

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

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