Todo contrato de crédito al consumo involucra a un consumidor prestatario, a un prestamista y a un intermediario
Un contrato de crédito al consumo es aquel por el que un prestamista concede o se compromete a conceder a un consumidor un crédito bajo la forma de pago aplazado, préstamo, apertura de crédito o cualquier medio equivalente de financiación.
En materia de economía familiar, el ahorro familiar es el excedente de los ingresos disponibles sobre los gastos de consumo. El ahorro de hoy nos permitirá atender ne...
En materia de servicios financieros, según la ley*, son servicios bancarios aquellos que comprenden los servicios de caja, la captación de fondos reembolsables, especialm...
Todas las partes contratantes recibirán un ejemplar del contrato de crédito, el cual, además de las condiciones esenciales del contrato, especificará, de forma clara y c...
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