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Una tienda de animales es cualquier establecimiento comercial permanente dedicado a la venta de animales de cualquier tipo de especia al gran público.
Técnicamente, las tiendas de animales tienen la consideración de “núcleos zoológicos”, y por tanto deben esta inscritas en el correspondiente Registro de Núcleos Zoológicos de su Comunidad Autónoma y cumplir los requisitos exigibles a estos.
Otros requisitos Otros requisitos exigibles a las tiendas de animales además de las autorizaciones municipal (para la actividad), y autonómica (de carácter sanitario), son la llevanza de un libro registro con el historial de cada animal, disponer de buenas condiciones higiénico-sanitarias y de locales adecuados a las necesidades fisiológicas y etológicas de los animales que alberguen, disponer de comida suficiente y sana, agua y contar con personal capacitado para su cuidado, etc.
Lee aquí los Requisitos de las tiendas de venta de animales domésticos.
Las tiendas de animales, además de lo anterior, deben cumplir con las siguientes normas:
-deben entregar los animales con las debidas garantías sanitarias, libres de toda enfermedad, y acreditarlo mediante certificado oficial veterinario. Ello no eximirá al vendedor de responsabilidad ante enfermedades en incubación no detectadas en el momento de la venta. A estos efectos se establecerá un plazo de garantía mínima de catorce días por si hubiera lesiones ocultas o enfermedades en incubación. Lo que amplía la normativa general sobre garantías.
-se prohíbe la cría y comercialización de los animales sin las licencias y permisos correspondientes.
-se prohíbe la venta ambulante de los mismos fuera de los mercados o ferias debidamente legalizados. |