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  Diccionario Publicado el 18/04/2010 - 22:27  

Reglamento de régimen interno

Por Eva María  |    Colabora |    4786 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook

Los reglamentos de régimen interno deben ser comunicados y conocidos por las personas que disfruten de las instalaciones

Reglamento de régimen interno

El reglamento de régimen interno de una instalación, organización, club, o en general cualquier colectividad, es el documento que recoge las normas por las que se rige esa institución o instalación que tratan de garantizar la normal convivencia de sus usuarios (socios, miembros, horarios, servicios, derechos, obligaciones, etc.).

Ejemplos de normas de régimen interno pueden ser:

 los horarios por los que se rige,

 las condiciones de acceso (el aforo, la vestimenta, la edad mínima requerida, etc.),

 el uso de las instalaciones y el comportamiento de los usuarios,

 las medidas que puede adoptar la organización en caso de no cumplir las normas, etc.

Los reglamentos de régimen interno deben ser comunicados y conocidos por las personas que disfruten de las instalaciones, las cuales deben respetar su régimen interior.

Parques acuáticos
Las normas autonómicas que regulan los parques acuáticos específicamente en España (Andalucía, Islas Baleares, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana) establecen, entre otras obligaciones de las empresas que gestionan los parques acuáticos, la de redactar un Reglamento de Régimen Interno que será de obligado cumplimiento para toda la plantilla que forme parte de la explotación, así como por los usuarios de las instalaciones y atracciones, y que será expuesto para conocimiento general del público asistente.


etiquetas: Aforo, Agente de la autoridad, Ayuntamiento, Colegio profesional, Comunidades Autónomas, Consumoteca, Libro de reclamaciones, Parque acuático, Parque de ocio, Parque infantil, Zoológico,
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